¿Bajo qué circunstancias específicas es obligatorio que el conductor de un vehículo modere su velocidad?
A
En todos los pasos de peatones.
B
En los tramos con edificios de inmediato acceso a la parte de la vía que se esté utilizando.
C
En todas las intersecciones.
Explicación
Es obligatorio circular a una velocidad moderada y, si fuera necesario, detener el vehículo cuando las circunstancias lo exijan, especialmente en los siguientes escenarios: - En tramos con edificios que tengan acceso inmediato a la vía por la que se circula. - Al aproximarse a un autobús en situación de parada, con especial atención si se trata de un vehículo de transporte escolar. - Fuera de poblado, al acercarse a vehículos inmovilizados en la calzada, a vehículos de auxilio prestando servicio y a ciclos que circulen por la calzada o el arcén. - Ante la presencia de peatones en la vía o cuando sea previsible su irrupción en ella, principalmente si se trata de niños, ancianos, invidentes u otras personas con movilidad reducida o impedimentos físicos. - Al acercarse a ciclos en circulación, así como en intersecciones, proximidades de vías de uso exclusivo de ciclos y pasos de peatones no regulados por semáforo o agentes, además de en mercados, centros docentes o lugares donde sea probable la presencia de niños. - Cuando haya animales en la calzada o se pueda prever su entrada en la misma. - Al circular por pavimentos deslizantes o cuando exista riesgo de salpicar o proyectar agua, gravilla u otras materias al resto de usuarios. - Al aproximarse a pasos a nivel, glorietas e intersecciones donde no se tenga prioridad, así como en lugares de visibilidad reducida o estrechamientos.
Explicación
Las velocidades máximas genéricas en zona urbana se determinan según la configuración de la vía de la siguiente manera: a) En vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera, el límite es de 20 km/h. b) En aquellas calles con un solo carril por sentido de circulación, la velocidad máxima se fija en 30 km/h. c) En las vías que cuenten con dos o más carriles por sentido, el límite es de 50 km/h (siendo de 40 km/h para vehículos que transporten mercancías peligrosas). A estos efectos, no computarán los carriles reservados exclusivamente para el transporte público o para el uso de determinados usuarios. La Autoridad Municipal tiene la potestad de rebajar o aumentar estos límites genéricos mediante la señalización específica correspondiente. En las travesías, la velocidad límite es de 50 km/h para todos los vehículos, a excepción de los que transporten mercancías peligrosas, que circularán a un máximo de 40 km/h. Dicho límite podrá ser reducido por convenio entre el titular de la vía y el Ayuntamiento, siempre que exista una señalización específica que lo indique.
# 3711
Si conduce un vehículo destinado al transporte de mercancías peligrosas por una vía dentro de poblado que dispone de tres carriles para su sentido, la velocidad máxima a la que se le permite circular es...
A
A 30 km/h.
B
A 50 km/h.
C
A 40 km/h.
# 3707
¿Qué velocidad máxima se le permite alcanzar a un camión o a un furgón cuando circula por una autovía o autopista situada dentro de poblado?
A
90 km/h.
B
80 km/h.
C
100 km/h.
Explicación
En autopistas y autovías que transcurren por poblado, el límite máximo de velocidad permitido es de 80 km/h, situándose la velocidad mínima en 60 km/h.
# 3682
En una carretera convencional que dispone de un carril para cada sentido de circulación, ¿cuál es la velocidad mínima a la que debe transitar un camión o furgón?
A
45 kilómetros por hora.
B
35 kilómetros por hora.
C
40 kilómetros por hora.
Explicación
Dentro de las carreteras convencionales, el límite mínimo de velocidad permitido es de 40 km/h, puesto que se corresponde con la mitad de la velocidad máxima de 80 km/h.
# 3699
En el caso de que un vehículo se vea obligado a circular por una autovía o autopista a velocidad anormalmente reducida debido a una avería, el conductor deberá...
A
Abandonar la vía por la primera salida disponible.
B
Circular en todo caso por el arcén hasta la primera salida disponible.
C
Circular en todo caso por el carril de la derecha hasta la primera salida disponible.
Explicación
Cualquier conductor que, ante una situación de emergencia, se vea forzado a circular a una velocidad anormalmente reducida por autopistas o autovías, deberá utilizar el arcén si entorpece la fluidez del tráfico. En caso de no obstaculizar la marcha de otros vehículos, se mantendrá en el carril derecho, teniendo siempre la obligación de abandonar la vía por la primera salida disponible.
# 3710
Circulando por una autopista, ¿cuál es el límite máximo de velocidad que no debe rebasar un camión que arrastra un remolque?
A
100 kilómetros por hora.
B
80 kilómetros por hora.
C
90 kilómetros por hora.
Explicación
En autopistas y autovías, la velocidad máxima permitida para un camión que arrastre un remolque, ya sea ligero o pesado, es de 90 km/h, mientras que la velocidad mínima obligatoria se establece en 60 km/h.
# 3687
¿En qué situación es obligatorio que el conductor modere la velocidad de su vehículo?
A
Nos aproximemos a pasos de peatones no regulados por semáforo.
B
Nos aproximemos a todos los pasos de peatones.
Explicación
Resulta fundamental circular a una velocidad adecuada y adaptada a las condiciones de cada momento. En las proximidades de pasos de peatones sin regulación por semáforos, es obligatorio moderar la velocidad ante la posibilidad de que algún peatón inicie el cruce de la vía de manera imprevista.
Explicación
Los límites máximos de velocidad para camiones, independientemente de su MMA y de si arrastran o no un remolque, se rigen por los siguientes criterios: En autopistas y autovías, la velocidad máxima es de 90 km/h, mientras que en carreteras convencionales se establece en 80 km/h. Para las vías sin pavimentar, el límite se fija en 30 km/h. En vías urbanas, la velocidad máxima dependerá de la configuración de la calzada: a) 20 km/h en aquellas vías que cuenten con plataforma única de calzada y acera. b) 30 km/h en vías que dispongan de un solo carril por sentido de circulación. c) 50 km/h en vías con dos o más carriles por sentido de marcha. En este supuesto, los vehículos que transporten mercancías peligrosas tendrán un límite de 40 km/h. Para el cómputo de carriles en zona urbana, no se tendrán en cuenta aquellos reservados en exclusiva para el transporte público o para determinados usuarios. Cabe destacar que la Autoridad Municipal tiene la potestad de rebajar o incrementar estos límites generales si instala la señalización específica correspondiente. Respecto a las travesías, la velocidad límite es de 50 km/h para todos los vehículos, a excepción de los que transporten mercancías peligrosas, cuyo máximo será de 40 km/h. No obstante, este límite en travesías puede ser reducido por la Autoridad Municipal, previo acuerdo con el titular de la vía y mediante la señalización pertinente.
# 3678
Circulando por una carretera convencional con un camión cuya masa máxima autorizada sea superior a 3.500 kg, ¿cuál es el límite de velocidad máxima permitido?
A
80 km/h.
B
70 km/h.
C
50 km/h.
# 3691
Al circular por una vía sin pavimentar, la velocidad máxima permitida para un camión de más de 3.500 kg de MMA es de...
A
50 kilómetros por hora.
B
30 kilómetros por hora.
C
80 kilómetros por hora.
Explicación
Los límites máximos de velocidad para camiones, independientemente de su MMA o de si arrastran un remolque, son los siguientes: - En autopistas y autovías: 90 km/h. - En carreteras convencionales: 80 km/h. - En vías sin pavimentar: 30 km/h. - En vías urbanas, la velocidad se ajustará según la configuración de la calzada: a) 20 km/h en aquellas vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera. b) 30 km/h en vías que cuenten con un solo carril por sentido de circulación. c) 50 km/h en vías con dos o más carriles por sentido (limitado a 40 km/h para vehículos que transporten mercancías peligrosas). A efectos del cómputo de carriles, no se tendrán en cuenta los reservados para el uso exclusivo de transporte público o determinados usuarios. Estos límites genéricos podrán ser incrementados o disminuidos por la Autoridad Municipal mediante la señalización específica correspondiente. En travesías, la velocidad máxima se establece en 50 km/h para todo tipo de vehículos, a excepción de los que transporten mercancías peligrosas, cuyo límite será de 40 km/h. Dicho margen podrá ser reducido por la Autoridad Municipal en acuerdo con el titular de la vía, siempre que exista señalización específica.
# 3705
Circulando al volante de un vehículo especial que, por superar las masas o dimensiones máximas permitidas, dispone de una autorización genérica, ¿cuál es el límite máximo de velocidad al que se le permite transitar?
A
60 kilómetros por hora.
B
70 kilómetros por hora.
C
50 kilómetros por hora.
Explicación
Los límites de velocidad para los vehículos que circulan en régimen de transporte especial, al exceder las dimensiones o masas máximas debido a la carga indivisible que transportan, se establecen de la siguiente manera: - Con autorización genérica: 70 km/h. - Con autorización específica: 60 km/h. - Con autorización excepcional: La que se determine en la propia autorización, con un límite máximo que nunca podrá superar los 60 km/h.
# 3685
Al circular con un vehículo que dispone de una autorización específica para realizar un transporte especial al exceder las masas o dimensiones máximas por llevar una carga indivisible, el límite de velocidad máximo permitido es de...
A
40 kilómetros por hora.
B
50 kilómetros por hora.
C
60 kilómetros por hora.
Explicación
Los límites de velocidad máxima permitidos para los vehículos que circulan en régimen de transporte especial, debido a que su carga indivisible excede las masas o dimensiones ordinarias, se definen según su permiso: - Con autorización genérica: 70 km/h. - Con autorización específica: 60 km/h. - Con autorización excepcional: El límite vendrá determinado en la propia autorización, sin que pueda exceder en ningún caso los 60 km/h.
# 3695
Al conducir por una carretera convencional un camión de 5,5 t de MMA que lleva enganchado un remolque ligero, ¿cuál es la velocidad mínima permitida para este conjunto de vehículos?
A
60 kilómetros por hora.
B
50 kilómetros por hora.
C
40 kilómetros por hora.
Explicación
En las vías calificadas como carreteras convencionales, el límite de velocidad mínima (40 km/h) se corresponde con la mitad de la velocidad máxima autorizada (80 km/h).
# 3681
¿Cuál es la velocidad máxima que tiene permitido alcanzar un camión con una MMA superior a 3.500 kg cuando transporta mercancías peligrosas por una carretera convencional?
A
80 km/h.
B
70 km/h.
C
60 km/h.
Explicación
La normativa de tráfico exige que los vehículos que trasladen mercancías peligrosas circulen a una velocidad máxima de 10 km/h por debajo de la establecida de forma genérica para la vía. En consecuencia, un camión con este tipo de carga que transite por una carretera convencional tendrá limitado su máximo a 70 km/h, en vez de los 80 km/h habituales.
Explicación
Dentro de las carreteras convencionales, el límite de velocidad mínima obligatoria se establece en la mitad de la velocidad máxima permitida para cada tipo de vehículo.
# 3703
Al circular por una carretera convencional fuera de poblado al volante de un camión con una masa máxima autorizada de 5.000 kilogramos, la velocidad mínima a la que se debe transitar por norma general es...
A
50 kilómetros por hora.
B
60 kilómetros por hora.
C
la mitad de la máxima genérica señalada para los camiones en este tipo de vía.
Explicación
Límites de velocidad máxima para camiones, independientemente de su MMA y de si arrastran o no un remolque: - Autopistas y Autovías: 90 km/h. - Carreteras convencionales: 80 km/h. - Vías sin pavimentar: 30 km/h. - Vías urbanas, según la configuración de la vía: a) 20 km/h en vías con plataforma única de calzada y acera. b) 30 km/h en vías que cuenten con un solo carril por sentido de circulación. c) 50 km/h en vías con dos o más carriles por sentido de marcha (reducido a 40 km/h para vehículos que transporten mercancías peligrosas). Para el cómputo de estos carriles, no se contabilizarán los reservados a determinados usuarios o al uso exclusivo del transporte público. Estos límites genéricos pueden ser incrementados o reducidos por la Autoridad Municipal mediante la señalización específica correspondiente. En travesías, la velocidad máxima se establece en 50 km/h para todos los vehículos, salvo para aquellos que transporten mercancías peligrosas, que circularán a un máximo de 40 km/h. Este límite puede ser rebajado por acuerdo de la Autoridad Municipal con el titular de la vía, siempre que exista una señalización específica que lo indique.
# 3683
Si circula al mando de un camión por una autopista, ¿qué velocidad máxima le está permitido alcanzar?
A
90 kilómetros por hora.
B
80 kilómetros por hora.
C
70 kilómetros por hora.
Explicación
Los límites máximos de velocidad para camiones, con independencia de su MMA y de si arrastran o no un remolque, son los siguientes: - Autopistas y autovías: 90 km/h. - Carreteras convencionales: 80 km/h. - Vías no pavimentadas: 30 km/h. - En vías urbanas, la velocidad se ajustará según las características de la calzada: a) 20 km/h en aquellas que dispongan de plataforma única de calzada y acera. b) 30 km/h en vías con un único carril por sentido de circulación. c) 50 km/h en vías que cuenten con dos o más carriles por sentido (limitado a 40 km/h para vehículos que transporten mercancías peligrosas). A estos efectos, no se contabilizarán los carriles reservados para el transporte público o para el uso exclusivo de determinados usuarios. La Autoridad Municipal podrá reducir o incrementar estos límites mediante la señalización específica correspondiente. En las travesías, la velocidad máxima se establece en 50 km/h para todos los vehículos de forma genérica, salvo para los que transporten mercancías peligrosas, cuyo límite es de 40 km/h. Esta velocidad podrá ser rebajada por la Autoridad Municipal, previo acuerdo con el titular de la vía y la debida señalización.
# 3686
Al circular por una autovía al mando de un camión cuya MMA es de 7.000 kilogramos, ¿cuál es la velocidad máxima permitida que no se debe superar?
A
70 kilómetros por hora.
B
100 kilómetros por hora.
C
90 kilómetros por hora.
# 3679
¿A qué valor de velocidad máxima instantánea debe estar ajustado, de modo que no pueda ser superado, el dispositivo de limitación de velocidad que incorporan los camiones?
A
85 km/h.
B
87 km/h.
C
90 km/h.
Explicación
Es obligatorio que los vehículos de transporte de mercancías cuya masa máxima autorizada exceda las 3,5 t cuenten con un dispositivo limitador de velocidad que restrinja su circulación a un máximo de 90 km/h.
Explicación
Las velocidades máximas genéricas en zonas urbanas se determinan según la configuración de la vía: a) 20 km/h en calles con plataforma única de calzada y acera. b) 30 km/h en aquellas con un único carril por sentido de circulación. c) 50 km/h cuando existan dos o más carriles por sentido, reduciéndose a 40 km/h para vehículos de mercancías peligrosas. En este recuento de carriles, no se computarán los reservados para el transporte público o para usuarios determinados. La Autoridad Municipal tiene la potestad de incrementar o disminuir estos límites si instala la señalización específica necesaria. En cuanto a las travesías, la velocidad límite es de 50 km/h con carácter general y de 40 km/h para el transporte de mercancías peligrosas; dicho límite puede reducirse mediante acuerdo entre el titular de la vía y el Ayuntamiento, siempre que se señalice debidamente.
# 3690
¿A qué velocidad máxima se permite circular por una vía urbana que cuenta con plataforma única de calzada y acera?
A
30 kilómetros por hora.
B
20 kilómetros por hora.
C
50 kilómetros por hora.
# 3674
En una autopista, ¿a qué velocidad máxima le está permitido circular a un camión que arrastra un remolque con una MMA superior a 750 kg?
A
80 kilómetros por hora.
B
90 kilómetros por hora.
C
100 kilómetros por hora.
Explicación
Los límites máximos de velocidad para camiones, con independencia de su masa máxima autorizada (MMA) o de si arrastran un remolque, se establecen del siguiente modo: - En autopistas y autovías: 90 km/h. - En carreteras convencionales: 80 km/h. - En caminos y vías sin pavimentar: 30 km/h. - En zonas urbanas, la velocidad dependerá de la configuración de la vía: a) 20 km/h en aquellas vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera. b) 30 km/h en vías que cuenten con un solo carril por sentido de circulación. c) 50 km/h en vías que tengan dos o más carriles por sentido de marcha (limitado a 40 km/h para el transporte de mercancías peligrosas). Para realizar este cómputo, no se tendrán en cuenta los carriles reservados para el transporte público o para el uso exclusivo de determinados usuarios. La Autoridad Municipal tiene la potestad de incrementar o reducir estos límites generales siempre que instale la señalización específica necesaria. En cuanto a las travesías, la velocidad máxima genérica es de 50 km/h para todos los vehículos, exceptuando a los que transporten mercancías peligrosas, cuyo límite será de 40 km/h. No obstante, estas cifras podrán ser reducidas previo acuerdo entre la Autoridad Municipal y el titular de la vía, mediante la señalización correspondiente.
# 3680
¿Qué límite de velocidad máxima tiene permitido alcanzar un camión cuya MMA es superior a 3.500 kg al circular por una carretera convencional?
A
80 kilómetros por hora.
B
70 kilómetros por hora.
C
90 kilómetros por hora.
Explicación
Límites de velocidad establecidos para camiones, con independencia de su masa máxima autorizada (MMA) o del uso de remolque: - Autopistas y autovías: 90 km/h. - Carreteras convencionales: 80 km/h. - Vías sin pavimentar: 30 km/h. - Vías urbanas, según la configuración de la calzada: a) 20 km/h en vías con plataforma única de calzada y acera. b) 30 km/h en vías que cuenten con un solo carril por sentido de circulación. c) 50 km/h en vías con dos o más carriles por sentido (limitado a 40 km/h para el transporte de mercancías peligrosas). En este recuento de carriles no se consideran los reservados para transporte público o usuarios determinados. Dichos límites pueden ser modificados al alza o a la baja por la Autoridad Municipal mediante la señalización correspondiente. En travesías, el límite genérico es de 50 km/h para cualquier vehículo, salvo los que transporten mercancías peligrosas, que circularán a un máximo de 40 km/h. Esta velocidad puede ser reducida por acuerdo entre la Autoridad Municipal y el titular de la vía si se dispone la señalización específica.
# 3677
¿Cuál es el límite de velocidad máxima permitido para un vehículo especial que no dispone de señalización de frenado?
A
50 km/h.
B
60 km/h.
C
25 km/h.
Explicación
La velocidad máxima permitida para los vehículos especiales se establece en 25 km/h siempre que arrastren un remolque o no dispongan de luz de frenado.
Explicación
Los límites de velocidad máxima para camiones, con independencia de su masa máxima autorizada (MMA) y de si arrastran o no un remolque, se definen según el tipo de vía: - Autopistas y autovías: 90 km/h. - Carreteras convencionales: 80 km/h. - Vías sin pavimentar: 30 km/h. En el ámbito urbano, las velocidades máximas se rigen por las características de la calzada: a) 20 km/h en aquellas vías que presenten plataforma única de calzada y acera. b) 30 km/h en vías que cuenten con un solo carril por sentido de circulación. c) 50 km/h en vías con dos o más carriles por sentido de marcha (reducido a 40 km/h para vehículos de mercancías peligrosas). Para este cómputo, no se contabilizarán los carriles de uso exclusivo para transporte público o reservados a determinados usuarios. Estos límites genéricos pueden verse incrementados o reducidos por la Autoridad Municipal mediante la señalización específica necesaria. Por su parte, en las travesías se establece una velocidad máxima de 50 km/h para todo tipo de vehículos, a excepción de los que transporten mercancías peligrosas, que deberán circular a un máximo de 40 km/h. Este límite en travesías puede ser rebajado por acuerdo entre la Autoridad Municipal y el titular de la vía, siempre que se señalice adecuadamente.
# 3698
Atendiendo a la señalización, ¿cuál es el límite de velocidad máxima permitido para un camión cuya masa máxima autorizada es de 5,5 toneladas?
A
120 kilómetros por hora.
B
90 kilómetros por hora.
C
60 kilómetros por hora.
Explicación
La restricción de velocidad mostrada es de carácter genérico para turismos y motos. Sin embargo, para los camiones que circulan por autopistas y autovías, el límite máximo permitido es de 90 km/h.
# 3701
¿Cuál es el límite máximo de velocidad permitido para un camión con una MMA de 9.000 kg al circular por una autopista?
A
A 100 kilómetros por hora.
B
A 120 kilómetros por hora.
C
A 90 kilómetros por hora.
# 3712
Para un camión de MMA superior a 3.500 kg que transporta mercancías peligrosas, el límite máximo de velocidad al circular por una carretera convencional se sitúa en...
A
80 kilómetros por hora.
B
90 kilómetros por hora.
C
70 kilómetros por hora.
Explicación
La legislación establece que aquellos vehículos destinados al transporte de mercancías peligrosas deben aminorar en 10 km/h la velocidad máxima genérica de la vía por la que circulen. De este modo, en una carretera convencional, un camión que realice este tipo de transporte tendrá limitado su máximo a 70 km/h, en lugar de los 80 km/h habituales para su categoría.
# 3709
¿Qué vehículos están obligados por la normativa vigente a llevar instalados dispositivos de limitación de velocidad?
A
Camiones de más de 3,5 toneladas de peso total.
B
Camiones de bomberos.
C
Ninguno de los dos tipos antes mencionados.
Explicación
Es preceptivo que los vehículos dedicados al transporte de mercancías cuya masa máxima autorizada supere las 3,5 t incorporen un limitador de velocidad que restrinja su circulación por encima de los 90 kilómetros por hora.
# 3702
¿Qué límite de velocidad máxima no le está permitido superar a un vehículo especial cuando circula arrastrando un remolque?
A
25 km/h.
B
60 km/h.
C
50 km/h.
Explicación
El límite de velocidad máximo para los vehículos especiales que carezcan de luz de frenado, circulen o no con remolque, queda fijado en 25 km/h.
Explicación
Las velocidades máximas genéricas permitidas en vías urbanas se determinan según la configuración de la calzada de la siguiente manera: a) 20 km/h en aquellas calles que dispongan de plataforma única de calzada y acera. b) 30 km/h en las vías que cuenten con un solo carril por sentido de circulación. c) 50 km/h en vías con dos o más carriles por sentido de la marcha (limitado a 40 km/h para vehículos que transporten mercancías peligrosas). A efectos del cómputo de carriles, no se contabilizarán los reservados para el uso exclusivo de transporte público o para determinados usuarios. La Autoridad Municipal podrá, mediante señalización específica, aumentar o reducir estos límites establecidos. En el caso de las travesías, la velocidad máxima permitida es de 50 km/h con carácter general, exceptuando a los vehículos de mercancías peligrosas, cuyo límite es de 40 km/h. Estos valores podrán ser minorados por acuerdo entre el titular de la vía y el Ayuntamiento, siempre que se señalice de forma expresa.
# 3688
¿Cuál es el límite máximo de velocidad permitido para un vehículo que realiza un transporte de mercancías peligrosas al circular por una travesía?
A
40 kilómetros por hora.
B
30 kilómetros por hora.
C
50 kilómetros por hora.
# 3689
¿Cuál es el límite máximo de velocidad permitido para los camiones que dispongan de un dispositivo limitador de velocidad?
A
90 km/h.
B
85 km/h.
C
80 km/h.
Explicación
Es obligatorio que los vehículos dedicados al transporte de mercancías con una masa máxima autorizada que exceda las 3,5 t dispongan de un dispositivo limitador de velocidad que les restrinja la circulación a un máximo de 90 kilómetros por hora.
# 3684
La conducción de un vehículo a una velocidad anormalmente reducida cuando no medie una causa que lo justifique, ¿es una acción permitida por la normativa?
A
Si.
B
No.
Explicación
De acuerdo con la normativa vigente, se prohíbe obstaculizar el avance natural de otros usuarios al circular a una velocidad anormalmente reducida si no existe una causa justificada. Esto supone que, en un tramo con una velocidad máxima genérica de 50 km/h, el conductor no podrá circular a menos de 25 km/h salvo que medie un motivo que lo autorice.
# 3692
Si conduce un camión de 5,5t de MMA con un remolque ligero por una carretera convencional, ¿a qué velocidad máxima le está permitido circular?
A
80 kilómetros por hora.
B
90 kilómetros por hora.
C
100 kilómetros por hora.
Explicación
Los límites de velocidad máxima permitidos para los camiones, sin que influya su masa máxima autorizada (MMA) ni el hecho de arrastrar o no un remolque, son los siguientes: - Autopistas y autovías: 90 km/h. - Carreteras convencionales: 80 km/h. - Vías sin pavimentar: 30 km/h. - Vías urbanas, dependiendo de la distribución de la vía: a) 20 km/h en calles que cuenten con plataforma única de calzada y acera. b) 30 km/h en vías que dispongan de un solo carril por sentido de circulación. c) 50 km/h en aquellas con dos o más carriles por sentido. En este cómputo, no se tendrán en cuenta los carriles reservados para el transporte público o para el uso exclusivo de ciertos usuarios. Cabe destacar que la Autoridad Municipal puede aumentar o reducir estos límites mediante la señalización específica pertinente. En cuanto a las travesías, la velocidad máxima genérica es de 50 km/h para cualquier vehículo, salvo para los que realicen transporte de mercancías peligrosas, que deberán circular a un máximo de 40 km/h. No obstante, este límite podrá ser minorado por acuerdo de la Autoridad Municipal y el titular de la vía si existe una señalización que así lo indique.