Si conduce un camión de 5,5t de MMA con un remolque ligero por una carretera convencional, ¿a qué velocidad máxima le está permitido circular?
A
80 kilómetros por hora.
B
90 kilómetros por hora.
C
100 kilómetros por hora.
Explicación
Los límites de velocidad máxima permitidos para los camiones, sin que influya su masa máxima autorizada (MMA) ni el hecho de arrastrar o no un remolque, son los siguientes: - Autopistas y autovías: 90 km/h. - Carreteras convencionales: 80 km/h. - Vías sin pavimentar: 30 km/h. - Vías urbanas, dependiendo de la distribución de la vía: a) 20 km/h en calles que cuenten con plataforma única de calzada y acera. b) 30 km/h en vías que dispongan de un solo carril por sentido de circulación. c) 50 km/h en aquellas con dos o más carriles por sentido. En este cómputo, no se tendrán en cuenta los carriles reservados para el transporte público o para el uso exclusivo de ciertos usuarios. Cabe destacar que la Autoridad Municipal puede aumentar o reducir estos límites mediante la señalización específica pertinente. En cuanto a las travesías, la velocidad máxima genérica es de 50 km/h para cualquier vehículo, salvo para los que realicen transporte de mercancías peligrosas, que deberán circular a un máximo de 40 km/h. No obstante, este límite podrá ser minorado por acuerdo de la Autoridad Municipal y el titular de la vía si existe una señalización que así lo indique.
# 3674
En una autopista, ¿a qué velocidad máxima le está permitido circular a un camión que arrastra un remolque con una MMA superior a 750 kg?
A
80 kilómetros por hora.
B
90 kilómetros por hora.
C
100 kilómetros por hora.
Explicación
Los límites máximos de velocidad para camiones, con independencia de su masa máxima autorizada (MMA) o de si arrastran un remolque, se establecen del siguiente modo: - En autopistas y autovías: 90 km/h. - En carreteras convencionales: 80 km/h. - En caminos y vías sin pavimentar: 30 km/h. - En zonas urbanas, la velocidad dependerá de la configuración de la vía: a) 20 km/h en aquellas vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera. b) 30 km/h en vías que cuenten con un solo carril por sentido de circulación. c) 50 km/h en vías que tengan dos o más carriles por sentido de marcha (limitado a 40 km/h para el transporte de mercancías peligrosas). Para realizar este cómputo, no se tendrán en cuenta los carriles reservados para el transporte público o para el uso exclusivo de determinados usuarios. La Autoridad Municipal tiene la potestad de incrementar o reducir estos límites generales siempre que instale la señalización específica necesaria. En cuanto a las travesías, la velocidad máxima genérica es de 50 km/h para todos los vehículos, exceptuando a los que transporten mercancías peligrosas, cuyo límite será de 40 km/h. No obstante, estas cifras podrán ser reducidas previo acuerdo entre la Autoridad Municipal y el titular de la vía, mediante la señalización correspondiente.
# 3685
Al circular con un vehículo que dispone de una autorización específica para realizar un transporte especial al exceder las masas o dimensiones máximas por llevar una carga indivisible, el límite de velocidad máximo permitido es de...
A
40 kilómetros por hora.
B
50 kilómetros por hora.
C
60 kilómetros por hora.
Explicación
Los límites de velocidad máxima permitidos para los vehículos que circulan en régimen de transporte especial, debido a que su carga indivisible excede las masas o dimensiones ordinarias, se definen según su permiso: - Con autorización genérica: 70 km/h. - Con autorización específica: 60 km/h. - Con autorización excepcional: El límite vendrá determinado en la propia autorización, sin que pueda exceder en ningún caso los 60 km/h.
# 3693
¿Bajo qué circunstancias específicas es obligatorio que el conductor de un vehículo modere su velocidad?
A
En todos los pasos de peatones.
B
En los tramos con edificios de inmediato acceso a la parte de la vía que se esté utilizando.
C
En todas las intersecciones.
Explicación
Es obligatorio circular a una velocidad moderada y, si fuera necesario, detener el vehículo cuando las circunstancias lo exijan, especialmente en los siguientes escenarios: - En tramos con edificios que tengan acceso inmediato a la vía por la que se circula. - Al aproximarse a un autobús en situación de parada, con especial atención si se trata de un vehículo de transporte escolar. - Fuera de poblado, al acercarse a vehículos inmovilizados en la calzada, a vehículos de auxilio prestando servicio y a ciclos que circulen por la calzada o el arcén. - Ante la presencia de peatones en la vía o cuando sea previsible su irrupción en ella, principalmente si se trata de niños, ancianos, invidentes u otras personas con movilidad reducida o impedimentos físicos. - Al acercarse a ciclos en circulación, así como en intersecciones, proximidades de vías de uso exclusivo de ciclos y pasos de peatones no regulados por semáforo o agentes, además de en mercados, centros docentes o lugares donde sea probable la presencia de niños. - Cuando haya animales en la calzada o se pueda prever su entrada en la misma. - Al circular por pavimentos deslizantes o cuando exista riesgo de salpicar o proyectar agua, gravilla u otras materias al resto de usuarios. - Al aproximarse a pasos a nivel, glorietas e intersecciones donde no se tenga prioridad, así como en lugares de visibilidad reducida o estrechamientos.
# 3680
¿Qué límite de velocidad máxima tiene permitido alcanzar un camión cuya MMA es superior a 3.500 kg al circular por una carretera convencional?
A
80 kilómetros por hora.
B
70 kilómetros por hora.
C
90 kilómetros por hora.
Explicación
Límites de velocidad establecidos para camiones, con independencia de su masa máxima autorizada (MMA) o del uso de remolque: - Autopistas y autovías: 90 km/h. - Carreteras convencionales: 80 km/h. - Vías sin pavimentar: 30 km/h. - Vías urbanas, según la configuración de la calzada: a) 20 km/h en vías con plataforma única de calzada y acera. b) 30 km/h en vías que cuenten con un solo carril por sentido de circulación. c) 50 km/h en vías con dos o más carriles por sentido (limitado a 40 km/h para el transporte de mercancías peligrosas). En este recuento de carriles no se consideran los reservados para transporte público o usuarios determinados. Dichos límites pueden ser modificados al alza o a la baja por la Autoridad Municipal mediante la señalización correspondiente. En travesías, el límite genérico es de 50 km/h para cualquier vehículo, salvo los que transporten mercancías peligrosas, que circularán a un máximo de 40 km/h. Esta velocidad puede ser reducida por acuerdo entre la Autoridad Municipal y el titular de la vía si se dispone la señalización específica.
# 3699
En el caso de que un vehículo se vea obligado a circular por una autovía o autopista a velocidad anormalmente reducida debido a una avería, el conductor deberá...
A
Abandonar la vía por la primera salida disponible.
B
Circular en todo caso por el arcén hasta la primera salida disponible.
C
Circular en todo caso por el carril de la derecha hasta la primera salida disponible.
Explicación
Cualquier conductor que, ante una situación de emergencia, se vea forzado a circular a una velocidad anormalmente reducida por autopistas o autovías, deberá utilizar el arcén si entorpece la fluidez del tráfico. En caso de no obstaculizar la marcha de otros vehículos, se mantendrá en el carril derecho, teniendo siempre la obligación de abandonar la vía por la primera salida disponible.
# 3679
¿A qué valor de velocidad máxima instantánea debe estar ajustado, de modo que no pueda ser superado, el dispositivo de limitación de velocidad que incorporan los camiones?
A
85 km/h.
B
87 km/h.
C
90 km/h.
Explicación
Es obligatorio que los vehículos de transporte de mercancías cuya masa máxima autorizada exceda las 3,5 t cuenten con un dispositivo limitador de velocidad que restrinja su circulación a un máximo de 90 km/h.
Explicación
Límites de velocidad máxima para camiones, independientemente de su MMA y de si arrastran o no un remolque: - Autopistas y Autovías: 90 km/h. - Carreteras convencionales: 80 km/h. - Vías sin pavimentar: 30 km/h. - Vías urbanas, según la configuración de la vía: a) 20 km/h en vías con plataforma única de calzada y acera. b) 30 km/h en vías que cuenten con un solo carril por sentido de circulación. c) 50 km/h en vías con dos o más carriles por sentido de marcha (reducido a 40 km/h para vehículos que transporten mercancías peligrosas). Para el cómputo de estos carriles, no se contabilizarán los reservados a determinados usuarios o al uso exclusivo del transporte público. Estos límites genéricos pueden ser incrementados o reducidos por la Autoridad Municipal mediante la señalización específica correspondiente. En travesías, la velocidad máxima se establece en 50 km/h para todos los vehículos, salvo para aquellos que transporten mercancías peligrosas, que circularán a un máximo de 40 km/h. Este límite puede ser rebajado por acuerdo de la Autoridad Municipal con el titular de la vía, siempre que exista una señalización específica que lo indique.
# 3683
Si circula al mando de un camión por una autopista, ¿qué velocidad máxima le está permitido alcanzar?
A
90 kilómetros por hora.
B
80 kilómetros por hora.
C
70 kilómetros por hora.
# 3684
La conducción de un vehículo a una velocidad anormalmente reducida cuando no medie una causa que lo justifique, ¿es una acción permitida por la normativa?
A
Si.
B
No.
Explicación
De acuerdo con la normativa vigente, se prohíbe obstaculizar el avance natural de otros usuarios al circular a una velocidad anormalmente reducida si no existe una causa justificada. Esto supone que, en un tramo con una velocidad máxima genérica de 50 km/h, el conductor no podrá circular a menos de 25 km/h salvo que medie un motivo que lo autorice.
# 3694
¿A qué velocidad mínima le está permitido circular a un camión con una MMA superior a los 3.500 kg cuando transita por una autopista o autovía dentro de poblado?
A
50 km/h.
B
La mitad de la velocidad máxima genérica de la vía.
C
60 km/h.
Explicación
En las autopistas y autovías que transcurren dentro de poblado, el límite de velocidad máxima permitido es de 80 km/h y el de velocidad mínima es de 60 km/h.