El adelantamiento realizado por un ciclomotor será lícito siempre que el tiempo circulando de forma paralela no sobrepase los quince segundos o que la distancia recorrida en dicha posición no exceda los doscientos metros.
# 2370
¿Resulta lícito que el conductor del ciclomotor adelante de manera simultánea al tractor y al ciclista si las condiciones del tráfico lo permiten?
A
No.
B
Sí.
Explicación
Si el intermitente derecho no funciona, el conductor debe colocar su brazo izquierdo en un ángulo de 90 grados para señalizar su intención de girar hacia la derecha. Por el contrario, para indicar un desplazamiento hacia la izquierda, se debe extender el brazo izquierdo de forma horizontal con la palma de la mano orientada hacia el suelo.
# 2367
¿Qué maniobra pretende realizar el conductor de acuerdo con la señalización manual que está efectuando?
A
Que va a seguir de frente.
B
Que va a detenerse.
C
Que va a girar a la derecha.
# 2321
¿Se autoriza, con carácter general, la realización de un cambio de sentido de la marcha en aquellos tramos de la vía donde el adelantamiento se encuentre prohibido?
A
Sí.
B
No.
Explicación
Por regla general, no se permite realizar un cambio de sentido en aquellos tramos de la vía donde el adelantamiento esté prohibido, ya que para ejecutar esta maniobra es necesario ocupar la parte izquierda de la calzada.
Explicación
Es factible señalizar los giros hacia ambos lados empleando únicamente un brazo. En el caso de las motocicletas, al situarse el acelerador y el freno delantero en el puño derecho, las señales de maniobra deben realizarse con la mano izquierda por razones de seguridad si los indicadores de dirección no están operativos o no se dispone de ellos.
# 2338
Teniendo en cuenta la señal que realiza el conductor con su brazo, ¿qué maniobra tiene intención de efectuar?
A
Que va a girar a la derecha.
B
Que va a cambiar el sentido de la marcha.
C
Que va a detenerse.
Explicación
Es fundamental extremar la precaución ante vehículos que se dispongan a abandonar un estacionamiento, ya que su visibilidad será limitada. La activación de la luz de marcha atrás nos servirá para identificar su intención de salir.
# 2305
Al aproximarse a un tramo de la vía donde se encuentran vehículos estacionados en batería...
A
Aumenta el riesgo de que un vehículo al iniciar la marcha, sobre todo si lo hace marcha atrás, no nos vea, por lo que debemos que extremar las precauciones.
B
Debemos acelerar para pasar rápidamente, pues cuanto antes pasemos menos riesgo a colisión tenemos.
Explicación
Por norma general, efectuar un cambio de sentido de la marcha en las intersecciones no está permitido, exceptuando aquellos casos donde una señal conceda la prioridad o se trate de glorietas y plazas de circulación giratoria.
# 2298
¿Es posible efectuar un cambio de sentido en una intersección si disponemos de una señal que nos concede la prioridad de paso?
A
Sí, si no hay señales que lo prohíban y no ponemos en peligro a los usuarios que circulen en sentido contrario.
B
No, nunca.
C
No, porque en las intersecciones está siempre prohibido.
Explicación
Queda terminantemente prohibido parar o estacionar en un carril reservado para bicicletas, incluso si no hay ciclistas transitando en ese momento, ya que supondría un obstáculo para su libre circulación.
# 2287
¿Qué maniobras de inmovilización del vehículo se encuentran prohibidas en un carril reservado para las bicicletas?
A
Estacionar, pero no parar.
B
Estacionar y parar.
C
Parar, pero no estacionar.
# 2365
Si circula por una vía interurbana y se dispone a realizar el adelantamiento de un peatón, ¿qué distancia lateral de seguridad debe dejar obligatoriamente?
A
Un metro y medio, como mínimo.
B
La distancia que crea oportuna, según las características de la vía.
C
Un metro como máximo.
Explicación
Fuera de poblado, los vehículos de dos ruedas que realicen un adelantamiento deben mantener una separación lateral mínima de 1,50 metros con cualquier otro usuario, incluyendo peatones y animales. Esta misma distancia de seguridad de 1,50 metros es obligatoria para el resto de vehículos al adelantar a uno de dos ruedas en vías interurbanas. En zona urbana, si el adelantamiento se realiza a un ciclo o ciclomotor, se debe respetar igualmente el margen de 1,50 metros. Para el resto de adelantamientos en poblado, o al rebasar a peatones en estas vías, la separación lateral de seguridad deberá ser proporcional a la velocidad y a las características y anchura de la calzada.
Explicación
No se permite parar ni estacionar en los carriles destinados al uso exclusivo del transporte público urbano, ni tampoco en los reservados para bicicletas. Estas conductas en los carriles bus están tipificadas como infracciones graves y pueden conllevar sanciones económicas de hasta 200 euros.
# 2353
¿Le está permitido a un conductor acceder al carril bus con el fin de realizar una parada?
A
No.
B
Sí.
# 2373
¿En qué lugar le está prohibido realizar el estacionamiento de su ciclomotor según las normas de circulación?
A
en el lado izquierdo de una vía de sentido único.
B
en doble fila.
C
en una calle residencial.
Explicación
Se prohíbe taxativamente el estacionamiento en doble fila de cualquier vehículo en las vías públicas, debido a que dicha maniobra podría obstaculizar la salida o el movimiento de un vehículo que se halle estacionado correctamente.
# 2300
Al circular por una vía interurbana, ¿está permitido efectuar una parada con un ciclomotor en el arcén transitable?
A
Sí.
B
No.
Explicación
Tanto la parada como el estacionamiento en vías interurbanas deben realizarse obligatoriamente fuera de la calzada, en el margen derecho y sin ocupar la parte transitable del arcén. Por consiguiente, queda prohibido que un ciclomotor efectúe una parada en la zona transitable del arcén de una vía situada fuera de poblado.
# 2280
Al efectuar una maniobra de incorporación a la circulación, ¿se tiene la obligación de ceder el paso a los vehículos que ya transitan por la vía?
A
No, porque tengo prioridad de paso.
B
Sí.
C
Sí, pero sólo si me incorporo desde una finca o inmueble privado.
Explicación
Todo conductor que pretenda incorporarse a la circulación tras una parada o estacionamiento tiene la obligación de ceder el paso a los vehículos que ya transitan por la vía, quienes gozan de preferencia. La maniobra solo podrá efectuarse cuando sea posible integrarse en la corriente circulatoria sin generar situaciones de peligro para el resto de los usuarios.
# 2290
¿Está permitido realizar un adelantamiento por la derecha si el vehículo que circula delante de su ciclomotor señaliza claramente su intención de cambiar de dirección hacia la izquierda?
A
No.
B
Sí.
Explicación
Como norma excepcional, se autoriza el adelantamiento por la derecha siempre que exista espacio suficiente en los tres supuestos siguientes: primero, cuando el conductor del vehículo precedente señalice claramente su intención de detenerse o girar a la izquierda. Segundo, al circular por vías de doble sentido que cuenten con una vía de tranvía situada en la parte central de la calzada. Por último, en tramos de poblado que dispongan de al menos dos carriles para el mismo sentido de la marcha delimitados por marcas longitudinales; en este caso, se permite adelantar por la derecha si el conductor comprueba que puede realizar la maniobra sin riesgo y utiliza el carril que mejor se adapte a su destino.
# 2283
¿Está permitido llevar a cabo el estacionamiento de un ciclomotor en el margen izquierdo de una vía urbana si el sentido de la marcha es único?
A
Sí.
B
No.
Explicación
En las vías urbanas con doble sentido de circulación, al realizar un estacionamiento en la calzada o en el arcén, el vehículo se debe colocar lo más próximo posible al borde derecho según el sentido de la marcha. Por el contrario, si la vía es de sentido único, se permite estacionar el vehículo tanto en el lado derecho como en el izquierdo de la calzada.
# 2324
¿Está autorizada, de forma general, la maniobra de adelantamiento en un paso para peatones debidamente señalizado?
A
Sí.
B
No.
Explicación
Por norma general, no está permitido adelantar en los pasos de peatones y sus proximidades, a menos que se circule a una velocidad tan moderada que facilite la detención segura del vehículo si existiera riesgo de atropello.
# 2314
¿Está autorizado realizar la maniobra de cambio de sentido de la marcha al circular por una curva de reducida visibilidad?
A
Sí.
B
No.
Explicación
Se prohíbe efectuar un cambio de sentido en las curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida, debido al peligro de colisión con los vehículos que circulan en sentido opuesto al nuestro.
# 2303
Al circular con un ciclomotor de dos ruedas desprovisto de luces indicadoras de dirección, ¿es necesario advertir la intención de realizar un giro?
A
No.
B
Sí, con el brazo.
C
Sí, con el timbre del ciclomotor.
Explicación
Al realizar cualquier maniobra, es obligatorio señalizar la intención con la antelación necesaria mediante los dispositivos luminosos, manteniéndolos en funcionamiento durante todo el proceso. Alternativamente, se puede emplear el brazo, siempre que la señal sea visible y se realice de forma reglamentaria. Si existiera contradicción entre ambas señales, la realizada con el brazo prevalece sobre la luminosa.
# 2302
¿De qué manera está obligado un conductor a señalizar sus maniobras según la norma general?
A
Con la señal luminosa o, en su defecto, con el brazo.
B
Siempre con la señal luminosa.
C
Con el brazo, exclusivamente.
Explicación
Cualquier maniobra debe señalizarse con la antelación suficiente, utilizando para ello las luces indicadoras (que deben estar activas durante todo el proceso) o, en su lugar, el brazo, siempre que la señal sea visible y se realice correctamente. Si existiera una contradicción entre la señal luminosa y la manual, la realizada con el brazo tendrá prioridad.
Explicación
Todo conductor que pretenda realizar un giro a la izquierda debe cerciorarse previamente de que la maniobra puede ejecutarse de forma segura y de que las condiciones del tráfico lo permiten. Una vez verificado, y antes de comenzar el desplazamiento, se indicará la intención utilizando el indicador de dirección izquierdo o, en su defecto, extendiendo el brazo horizontalmente con la palma de la mano hacia abajo.
# 2362
De acuerdo con la señalización manual que realiza con su brazo, el conductor indica que se dispone a...
A
girar a la izquierda.
B
adelantar.
C
detenerse.
# 2307
Si se pretende indicar de forma manual a los demás usuarios de la vía un cambio de dirección hacia la izquierda, ¿de qué manera se debe situar el brazo izquierdo?
A
En posición horizontal con la palma de la mano hacia abajo.
B
En posición horizontal con la palma de la mano hacia atrás.
C
Doblado hacia arriba con la palma de la mano extendida.
Explicación
Manteniendo el brazo izquierdo estirado de forma horizontal con la palma de la mano orientada hacia el suelo.
# 2306
Si circula con un ciclomotor y pretende realizar un cambio de dirección a la derecha para incorporarse a otra vía, ¿en qué parte de la calzada debe situarse?
A
A la izquierda de la calzada para poder realizar el giro con mayor amplitud.
B
Lo más cerca posible del borde derecho de la calzada.
C
Dependerá del número de carriles que tenga la calzada por la que circulamos.
Explicación
Para realizar un cambio de dirección a la derecha, el conductor debe situarse lo más cerca posible del borde derecho de la calzada, a menos que la infraestructura de la vía esté dispuesta de una forma distinta para ejecutar dicha maniobra.
# 2357
Al circular por una curva de visibilidad reducida, ¿está permitido realizar la maniobra de adelantamiento?
A
No, como norma general.
B
Sí, pero con mucha precaución.
C
Sí, pero sólo de día y si hay suficiente visibilidad.
Explicación
Se prohíbe realizar adelantamientos en las curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida, así como en cualquier zona donde la falta de visión impida ejecutar la maniobra de forma segura. La única excepción es que ambos sentidos de la circulación estén claramente delimitados y el adelantamiento se produzca sin invadir el carril contrario.
# 2335
¿Resulta obligatorio realizar alguna comprobación previa en el momento de iniciar la marcha para incorporarse a la circulación desde el borde de la calzada?
A
No, haré las señales correspondientes y saldré rápidamente.
B
Sí, comprobaré que los vehículos que se aproximan se han detenido para permitirme la maniobra.
C
Sí, que no obstaculizo el paso a otros vehículos que se aproximen.
Explicación
Previo a incorporarse a la circulación, el conductor debe verificar que puede realizar la maniobra sin riesgo para el resto de usuarios, empleando la ayuda de otra persona si fuera necesario. Resulta obligatorio ceder el paso a los demás vehículos, considerando su posición, trayectoria y velocidad, señalizando siempre el movimiento con las indicaciones reglamentarias.
# 2274
Al circular por una vía y pretender realizar un cambio de dirección hacia la derecha, ¿en qué posición debe situarse el conductor?
A
Lo más cerca posible del borde derecho de la calzada.
B
Lo más cerca posible del borde izquierdo de la calzada.
C
En el centro de la calzada.
Explicación
Al realizar un giro hacia la derecha, el vehículo debe situarse lo más próximo posible al borde derecho de la calzada. Para ejecutar un cambio de dirección a la izquierda en una vía de sentido único, la posición correcta será junto al borde izquierdo. Por el contrario, si la calzada es de doble sentido y dispone de tres carriles, el conductor deberá posicionarse en el carril central para llevar a cabo dicho giro a la izquierda.
Explicación
Efectivamente, ya que el vehículo se encuentra ocupando un espacio destinado específicamente al estacionamiento de motocicletas y ciclomotores.
# 2301
¿Resulta reglamentario el modo en que se encuentra estacionado este ciclomotor?
A
No, tendría que estar paralelo a la acera.
B
Sí, pues siempre ha de estar perpendicular a la acera.
C
Sí.
# 2304
En un tramo de vía en curva con visibilidad reducida, ¿está permitido realizar un adelantamiento?
A
No, aunque no invada el sentido contrario.
B
Sí, si invado el sentido contrario.
C
No, si invado el sentido contrario.
Explicación
Se prohíbe adelantar en las curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida, así como en cualquier lugar donde la visión disponible sea insuficiente para realizar la maniobra con seguridad. Como excepción, sí se podrá realizar el adelantamiento cuando los dos sentidos de circulación estén perfectamente delimitados y no se invada el carril contrario durante su ejecución.
# 2296
¿Está permitido hacer uso de las señales acústicas con la única finalidad de advertir de nuestra presencia al conductor de un ciclomotor que circula delante de nosotros?
A
No.
B
Sí.
Explicación
El empleo del claxon está permitido para prevenir colisiones o atropellos, al efectuar un servicio de urgencia y en tramos de vías estrechas con gran cantidad de curvas, tanto en poblado como fuera de él. No obstante, para advertir de la intención de adelantar, su uso queda restringido exclusivamente a vías fuera de poblado. Se prohíbe utilizar las señales acústicas para finalidades distintas a las mencionadas, tales como saludar, recriminar acciones o alertar sobre controles de tráfico.
Explicación
La presencia de una línea longitudinal continua amarilla en el borde de la calzada prohíbe tanto la parada como el estacionamiento de vehículos en todo su recorrido. Asimismo, el estacionamiento sobre la acera, aunque sea de forma parcial, no está permitido, ya que según el artículo 94 del Reglamento de Circulación queda prohibido estacionar en aceras, paseos y demás zonas destinadas al tránsito de peatones.
# 2349
Observando la disposición de los automóviles situados en esta vía, ¿cuál de ellos se encuentra estacionado cumpliendo con lo establecido en la normativa?
A
El turismo rojo y amarillo.
B
El turismo azul.
C
El turismo verde.
# 2317
¿En qué lugar de los indicados a continuación se prohíbe expresamente realizar la maniobra de cambio de sentido de la marcha?
A
En las glorietas.
B
En las zonas señalizadas como calles residenciales.
C
En los pasos a nivel.
Explicación
De acuerdo con la normativa vigente, efectuar un cambio de sentido está prohibido en pasos a nivel, túneles y pasos inferiores, así como en tramos señalizados con la señal S-5. En autopistas y autovías solo podrá realizarse en las zonas acondicionadas específicamente para ello. Asimismo, esta maniobra no se permite, por norma general, en tramos donde el adelantamiento esté prohibido, excepto si existe una indicación que autorice el cambio de sentido de manera expresa.
# 2345
¿Se permite, por norma general, efectuar una maniobra de cambio de sentido de la marcha en aquellos tramos de la vía donde no esté autorizado el adelantamiento?
A
No.
B
Sí.
Explicación
Por norma general, no se permite realizar un cambio de sentido en aquellos tramos donde el adelantamiento esté prohibido. El motivo es que esta maniobra requiere invadir la parte izquierda de la calzada, por lo cual, si la normativa impide adelantar, tampoco autoriza el cambio de sentido.