El permiso A1, accesible a partir de los 16 años, autoriza a conducir motocicletas (con o sin sidecar) de hasta 125 cm³, una potencia máxima de 11 kW y una relación potencia/peso de 0,1 kW/kg. También incluye triciclos de motor de hasta 15 kW, ciclomotores, cuatriciclos ligeros y vehículos para personas de movilidad reducida. Por su parte, el permiso A2 (desde los 18 años) permite conducir motocicletas de hasta 35 kW y relación potencia/peso de 0,2 kW/kg, siempre que no procedan de una moto con más del doble de esa potencia. Como el titular del permiso A2 está habilitado para conducir los vehículos que autoriza el permiso A1, la motocicleta de la pregunta puede ser conducida legalmente con cualquiera de ambos permisos.
# 3126
Para estar habilitado para conducir una motocicleta con sidecar y una cilindrada de 100 cm³, se requiere el permiso de la clase...
A
A1 ó A2 indistintamente.
B
B.
C
A.
Explicación
Si no hemos pasado la ITV en el plazo establecido se procederá a la intervención del permiso de circulación y el vehículo solamente podrá circular para ir a pasar la ITV.
# 3153
¿Nos puede suponer la intervención del permiso de circulación el no haber pasado la ITV en el plazo establecido?
A
Sí.
B
No.
Explicación
El límite de masa en vacío para los triciclos de motor se establece en 400 kg, permitiéndose alcanzar los 550 kg en aquellos casos donde el vehículo esté orientado al transporte de mercancías.
# 3157
¿Qué masa en vacío máxima se permite que posea un triciclo de motor destinado al transporte de mercancías para ser conducido con el permiso de la clase A?
A
550 kilogramos.
B
400 kilogramos.
C
450 kilogramos.
Explicación
La obtención del permiso de conducción de la clase A1 conlleva de forma automática la concesión de la autorización para conducir los vehículos que integran el permiso AM. Permiso AM (edad mínima 15 años): - Ciclomotores de dos o tres ruedas. - Cuadriciclos ligeros. - Ciclos de motor. Su validez puede verse limitada únicamente a la conducción de cuadriciclos ligeros y ciclomotores de tres ruedas. Permiso A1 (edad mínima 16 años): - Motocicletas (incluyendo sidecar) con una cilindrada máxima de 125 cm³, potencia de hasta 11 kW y una relación potencia/peso que no supere los 0,1 kW/kg. - Triciclos de motor cuya potencia máxima no sea superior a 15 kW. - Ciclomotores de dos y tres ruedas, además de ciclos de motor. - Cuadriciclos ligeros y vehículos para personas de movilidad reducida.
# 3175
¿Pierde su vigencia el permiso de la clase AM en el momento en que el conductor obtiene el permiso de conducción de la clase A1?
A
Sí.
B
No.
Explicación
El permiso de conducción A1, disponible desde los 16 años, autoriza a manejar motocicletas con o sin sidecar que posean una cilindrada de hasta 125 cm³, una potencia máxima de 11 kW y una relación potencia/peso de 0,1 kW/kg como máximo. También faculta para conducir triciclos de motor que no superen los 15 kW, ciclomotores de dos o tres ruedas, ciclos de motor, cuadriciclos ligeros y vehículos para personas de movilidad reducida. El permiso A2, cuya edad mínima de obtención son los 18 años, habilita para circular con motocicletas (con sidecar incluido) que tengan una potencia máxima de 35 kW y una relación potencia/peso de hasta 0,2 kW/kg, siempre que no procedan de un vehículo con más del doble de su potencia original. Este permiso incluye la autorización para conducir los vehículos permitidos por la licencia LCM y los permisos AM y A1. El permiso A se puede obtener a partir de los 20 años y permite conducir motocicletas, tengan o no sidecar, y triciclos de motor. Para manejar triciclos de motor con una potencia que exceda los 15 kW, será necesario haber cumplido 21 años. Este permiso integra las autorizaciones de la licencia LCM y de los permisos AM, A1 y A2. Para acceder al permiso A, el aspirante debe ser titular del permiso A2 con una experiencia mínima de dos años y superar una formación específica (teórica y práctica) según lo estipulado por el Ministerio del Interior.
# 3150
Para conducir una motocicleta de 125 cm³ con sidecar y una relación potencia/peso que no exceda los 0,1 kilovatios/kilogramos, se requiere ser titular, como mínimo, del permiso de la clase...
A
A.
B
A1.
C
A2.
Explicación
El carné de la clase A1, que puede obtenerse a los 16 años, autoriza a conducir los siguientes vehículos: - Motocicletas, dispongan o no de sidecar, con una cilindrada de hasta 125 cm³, una potencia máxima de 11 kW y una relación potencia/peso que no supere los 0,1 kW/kg. - Triciclos de motor cuya potencia máxima no sea superior a 15 kW. - Ciclomotores de dos y tres ruedas, así como ciclos de motor. - Vehículos para personas de movilidad reducida y cuadriciclos ligeros.
# 3095
¿Se considera el peso de la motocicleta como un factor a tener en cuenta para determinar si estamos autorizados a conducirla con el permiso de la clase A1?
A
No, sólo es relevante la potencia.
B
No, sólo importa la potencia y la cilindrada.
C
Sí, la relación potencia/peso no debe ser superior a 0,11 kW/kg.
Explicación
El permiso A1 (edad mínima 16 años) autoriza a conducir motocicletas, con o sin sidecar, que tengan una cilindrada máxima de 125 cm³, una potencia que no exceda los 11 kW y una relación potencia/peso de hasta 0,1 kW/kg. También permite el manejo de triciclos de motor cuya potencia no supere los 15 kW, ciclomotores de dos y tres ruedas, ciclos de motor, cuatriciclos ligeros y vehículos para personas de movilidad reducida. Respecto al permiso A2 (edad mínima 18 años), este habilita para la conducción de motocicletas, con o sin sidecar, con una potencia máxima de 35 kW y una relación potencia/peso de hasta 0,2 kW/kg, siempre que no procedan de un vehículo que originalmente tuviera más del doble de esa potencia. La obtención de este permiso implica también la autorización para conducir los vehículos que permiten la licencia LCM y los permisos de las clases AM y A1.
# 3131
¿Está autorizado un conductor que posee el permiso de la clase A1 con dos años de antigüedad para circular con una motocicleta cuya potencia sea superior a 25 kW?
A
Sí.
B
No.
C
Sí, siempre que la motocicleta no tenga una relación potencia/peso superior de 0,1 kW/kg.
Explicación
Siempre que un agente de la autoridad lo requiera, es obligatorio exhibir el permiso de conducción y el resto de la documentación necesaria del vehículo.
# 3111
¿Es obligatorio para el conductor exhibir su permiso de conducción a los agentes de la autoridad?
A
Sí.
B
No.
C
Sí, cuando lo soliciten.
Explicación
Tras realizar la inspección técnica, el dictamen puede clasificarse de la siguiente forma: - Favorable: El vehículo se considera apto para la circulación. En caso de detectarse defectos leves, estos deben repararse, aunque no es preceptivo volver a realizar una nueva inspección. - Desfavorable: Si se hallan deficiencias graves que comprometan la seguridad vial, la estación retendrá la tarjeta I.T.V. Se entregará un resguardo que autoriza el desplazamiento únicamente para acudir al taller y regresar a la inspección en el plazo determinado. - Negativa: El vehículo queda inhabilitado para circular por las vías públicas. El traslado desde la estación hasta el lugar de reparación debe realizarse obligatoriamente por medios ajenos al vehículo, como una grúa. En los supuestos de inspección desfavorable o negativa, el titular dispone de un plazo máximo de dos meses para subsanar las anomalías detectadas.
# 3188
En el supuesto de que su motocicleta no supere la inspección técnica y obtenga una calificación desfavorable, ¿cuál es el procedimiento que debe seguir?
A
Reparar los defectos observados y pasar una nueva revisión.
B
Dar de baja el vehículo temporalmente, hasta que se subsanen los defectos.
C
Dirigirse inmediatamente a otra estación ITV, para contrastar el resultado.
Explicación
La licencia de conducción A2 habilita para llevar motocicletas (con o sin sidecar) que no excedan los 35 kW de potencia ni los 0,2 kW/kg en su relación potencia/peso, siempre que no deriven de un modelo con más del doble de su potencia original. Este permiso integra las autorizaciones de las clases AM, A1 y la licencia LCM. Para acceder a motocicletas sin limitación de potencia a través del permiso A, el titular deberá tener al menos 20 años, acreditar una experiencia mínima de dos años con el A2 y completar una formación específica teórico-práctica. Asimismo, el permiso A permite conducir triciclos de motor, aunque se requieren 21 años de edad si la potencia de estos sobrepasa los 15 kW.
# 3161
Al obtener el permiso de la clase A2 disponiendo previamente del permiso B con una antigüedad mayor a dos años, ¿resulta posible conducir una motocicleta cuya potencia supere los 35 kW?
A
Sí, ya que tenemos una experiencia de dos años.
B
No, ya que la experiencia del permiso B no nos sirve.
C
Sí, si demostramos que no hemos tenido ningún accidente.
Explicación
Frecuencia de la inspección técnica (ITV) para motocicletas: - Hasta los 4 años de antigüedad: EXENTAS. - Una vez superados los 4 años: BIENAL (cada dos años). Para determinar la antigüedad del vehículo, se tomará como referencia la fecha de la primera matriculación que consta en el permiso de circulación. Documentación relacionada: - Permiso de circulación. - Tarjeta de inspección técnica.
# 3176
¿Cada cuánto tiempo debe someterse a la inspección técnica reglamentaria una motocicleta cuya antigüedad sea superior a los cuatro años?
A
Cada año.
B
Cada seis meses.
C
Cada dos años.
Explicación
Las motocicletas tienen la obligación de someterse a inspecciones técnicas de forma periódica siguiendo estos plazos: - Hasta los 4 años de antigüedad: EXENTAS. - Cumplidos los 4 años: BIENAL (cada 2 años). Para determinar la antigüedad de la motocicleta, se tomará como referencia la fecha de la primera matriculación que figura en el permiso de circulación. Permiso de circulación Tarjeta inspección técnica
# 3115
Para garantizar que una motocicleta se encuentre en un estado de mantenimiento y conservación adecuado, ¿resulta obligatorio someter el vehículo a las inspecciones técnicas periódicas?
A
Sí.
B
No.
Explicación
En el caso de los cuatriciclos, la normativa exige únicamente la colocación de una placa de matrícula en su parte posterior, de forma idéntica a lo establecido para motocicletas y ciclomotores.
# 3117
¿De cuántas placas de matrícula debe disponer obligatoriamente un cuatriciclo para cumplir con la normativa de tráfico?
A
Dos, una en la parte posterior y una en la delantera.
B
Una en la parte posterior.
C
Pueden llevar una o dos.
Explicación
La fotocopia del permiso de conducción, siempre que esté debidamente cotejada (compulsada), posee la misma validez legal que el documento original. Dicho cotejo puede realizarse en las Jefaturas de Tráfico o ante un notario.
# 3113
¿Es posible circular con una motocicleta portando una fotocopia del permiso de conducción?
A
No.
B
Sí.
C
Sí, si está debidamente cotejada.
Explicación
Con independencia de su cilindrada, las motocicletas tienen la obligación de someterse a inspecciones técnicas de forma periódica: - Hasta los 4 años de antigüedad: EXENTAS. - Superados los 4 años de antigüedad: BIENAL (cada 2 años). Para computar la antigüedad del vehículo, se tomará como referencia la fecha de la primera matriculación que consta en el permiso de circulación.
# 3185
¿Está obligada a someterse a la inspección técnica de vehículos (ITV) una motocicleta que tiene una cilindrada de 75 cm³?
A
Sí, cada seis meses.
B
No, porque hasta los 125 cm³ están exentas.
C
Sí, periódicamente según la fecha de matriculación.
Explicación
Permiso A1 (16 años): - Motocicletas, con o sin sidecar, que posean una cilindrada máxima de 125 cm³, una potencia que no supere los 11 kW y una relación potencia/peso de hasta 0,1 kW/kg. - Triciclos de motor cuya potencia máxima sea de hasta 15 kW. - Ciclomotores de dos y tres ruedas, además de ciclos de motor. - Cuatriciclos ligeros y vehículos destinados a personas de movilidad reducida. Permiso A2 (18 años): - Motocicletas, con o sin sidecar, con una potencia máxima de 35 kW y una relación potencia/peso de 0,2 kW/kg como máximo, siempre que no deriven de un vehículo con más del doble de su potencia original. - Vehículos cuya conducción esté autorizada por la licencia LCM y los permisos de las clases AM y A1. Cabe destacar que, tanto con el permiso A2 como con el A1, se autoriza la conducción de triciclos de motor, siempre que su potencia máxima no exceda los 15 kW.
# 3101
¿Está autorizado el titular de un permiso de conducción de la clase A2 a circular con un triciclo de motor?
A
Sí.
B
No.
C
Sí, hasta 15 kW.
Explicación
Contratar el seguro de responsabilidad civil obligatorio es una condición indispensable para que un vehículo pueda transitar por las vías públicas. Esta normativa afecta a todos los vehículos de motor capacitados para circular por tierra, lo que incluye a los ciclomotores, los vehículos especiales y los remolques o semirremolques. No obstante, se excluyen de esta obligatoriedad los remolques, semirremolques y maquinaria especial remolcada cuya masa máxima autorizada no sea superior a 750 kilogramos, así como aquellos vehículos que figuren en situación de baja, ya sea temporal o definitiva, en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico. La comprobación de la vigencia de dicho seguro será realizada por los agentes mediante el Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA). En el supuesto de que no sea posible realizar la consulta telemática, el conductor está obligado a mostrar el recibo o documento acreditativo actual. Si no se aporta esta prueba, el vehículo podrá ser inmovilizado por la autoridad, aunque el conductor no sea sancionado directamente por la mera ausencia física del documento en ese momento. Parte amistoso de accidente.
# 3145
¿Resulta lícito transitar por las vías públicas con un vehículo de motor que carezca de la suscripción del seguro obligatorio?
A
Sí, cuando 3 compañías de seguros nos han denegado la emisión de la póliza por escrito.
B
No, la suscripción es obligatoria.
C
Sí, cuando se trate de un ciclomotor.
Explicación
En el permiso de circulación consta, entre otros, la matrícula del vehículo, fecha de matriculación, número de plazas, marca y modelo así como el nombre y domicilio del titular.
# 3172
¿Qué deberá figurar en el permiso de circulación de nuestra motocicleta?
A
Las características de la misma y la matrícula.
B
Los datos del titular y la matrícula.
C
Los datos del titular, la matrícula y las características de la misma.
Explicación
Tras superar los tres años de antigüedad con el permiso de la clase B, se habilita al titular para la conducción de motocicletas propias del permiso de la clase A1, siempre que se circule únicamente por el territorio nacional.
# 3143
¿Está autorizada la conducción de una motocicleta que no supere los 125 cm³ de cilindrada si el conductor posee únicamente el permiso de la clase B?
A
No, pero sí un ciclomotor.
B
Sí, siempre que tenga una antigüedad de tres años.
C
Sí.
Explicación
Para tramitar la prórroga del permiso de conducción, es indispensable superar un reconocimiento psicofísico en un centro de reconocimiento autorizado, con el objetivo de certificar que el titular mantiene las capacidades necesarias para circular con seguridad.
# 3127
¿Podría el menoscabo de las facultades físicas o mentales del conductor, como una visión deficiente o una disminución de la rapidez de reflejos, influir en la seguridad vial?
A
Sí, por eso es obligatorio pasar periódicamente un reconocimiento de aptitudes psicofísicas en un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado.
B
Puede influir, pero una vez obtenido el permiso no es necesario volver a comprobar dichas capacidades.
C
Puede influir, pero sólo conduciendo bajo condiciones meteorológicas adversas.
Explicación
Las especificaciones técnicas del vehículo constan en la tarjeta de inspección técnica, incluyendo el límite de peso que tiene permitido transportar, el cual está prohibido exceder en cualquier circunstancia.
# 3192
¿Está permitido que una motocicleta, una vez cargada, supere la cifra de masa máxima autorizada que figura en su tarjeta de inspección técnica?
A
Sí, hasta 10 kilogramos.
B
Sí, siempre que la carga esté bien distribuida.
C
No.
Explicación
Permiso A1 (16 años): Habilita para conducir motocicletas, con o sin sidecar, cuya cilindrada máxima sea de 125 cm³, su potencia no exceda de 11 kW (un máximo de 15 cv) y posean una relación potencia/peso de hasta 0,1 kW/kg. Asimismo, autoriza la conducción de triciclos de motor que no superen los 15 kW de potencia, ciclomotores de dos y tres ruedas, ciclos de motor, cuadriciclos ligeros y vehículos destinados a personas de movilidad reducida. Permiso A2 (18 años): Autoriza a conducir motocicletas, con o sin sidecar, que tengan una potencia máxima de 35 kW (aproximadamente 47 cv) y una relación potencia/peso máxima de 0,2 kW/kg, siempre que no se trate de una versión derivada de un vehículo con más del doble de dicha potencia. La obtención de este permiso implica también la autorización para conducir los vehículos que permiten la licencia LCM y los permisos AM y A1.
# 3128
¿Le está permitido a un titular del permiso de conducción de la clase A1 circular con una motocicleta que, teniendo una cilindrada de 125 cm³, alcanza una potencia de 12 kW?
A
Sí.
B
No.
Explicación
Cuando el periodo de validez del permiso ha expirado, este ya no habilita para circular. Para solicitar su prórroga, el titular debe seguir reuniendo las aptitudes psicofísicas exigidas inicialmente y no haber agotado la asignación total de puntos.
# 3149
Si circulamos teniendo el permiso de conducción fuera de su periodo de vigencia por haber caducado...
A
No estamos autorizados a conducir.
B
Podemos conducir igualmente, es un mero requisito administrativo.
C
Podemos conducir igualmente, pero no tendrá validez en el extranjero.
Explicación
El permiso de conducción de la clase A1, que puede obtenerse a los 16 años, habilita para conducir motocicletas (con o sin sidecar) con una cilindrada máxima de 125 cm³, una potencia que no exceda los 11 kW y una relación potencia/peso máxima de 0,1 kW/kg. Además, permite circular con triciclos de motor cuya potencia no supere los 15 kW, ciclomotores de dos y tres ruedas, ciclos de motor, cuatriciclos ligeros y vehículos para personas de movilidad reducida. Por otro lado, el permiso A2 (a partir de los 18 años) autoriza el manejo de motocicletas (incluido sidecar) con una potencia máxima de 35 kW y una relación potencia/peso de hasta 0,2 kW/kg, siempre que no provengan de un vehículo con más del doble de dicha potencia. Este permiso también incluye la autorización para conducir los vehículos permitidos por la licencia LCM y los permisos AM y A1. Por tanto, si la motocicleta cumple con las características técnicas mencionadas, el permiso A1 resulta suficiente para conducirla, sin que sea preceptivo disponer del permiso A2.
# 3097
Para circular con una motocicleta con sidecar que tenga una cilindrada de 120 cm³, una potencia de 11 kW y una relación potencia/peso de 0,1 kW/kg, ¿qué permiso de conducción es necesario obtener?
A
El A1.
B
El A2.
C
Tanto el A1 como el A2.
Explicación
Permiso A1 (desde los 16 años): - Motocicletas, con sidecar opcional, cuya cilindrada no supere los 125 cm³, con una potencia de hasta 11 kW (inferior a 15 cv) y una relación potencia/peso máxima de 0,1 kW/kg. - Triciclos de motor que no sobrepasen los 15 kW de potencia. - Ciclomotores de dos y tres ruedas, además de ciclos de motor. - Cuadriciclos ligeros y vehículos destinados a personas de movilidad reducida. Permiso A2 (desde los 18 años): - Motocicletas (con o sin sidecar) que alcancen una potencia máxima de 35 kW (algo menos de 47 cv) y presenten una relación potencia/peso de hasta 0,2 kW/kg, siempre que no provengan de un modelo con más del doble de su potencia original. - Incluye la autorización para conducir los vehículos permitidos por la licencia LCM y los permisos AM y A1. Permiso A (desde los 20 años): - Motocicletas de cualquier cilindrada y potencia (incluido sidecar) y triciclos de motor. - Para la conducción de triciclos de motor con una potencia superior a 15 kW, es requisito imprescindible haber cumplido los 21 años. - Engloba la autorización de conducción de la licencia LCM y los permisos AM, A1 y A2. - Se requiere ser titular del permiso A2 durante al menos 2 años y realizar una formación específica (teórica y práctica) según las condiciones dictadas por el Ministerio del Interior.
# 3134
¿Está autorizado a conducir motocicletas que superen los 35 kW de potencia si posee el permiso de conducción de la clase A2?
A
Sí.
B
No.
Explicación
Todo conductor novel tiene la obligación de exhibir la placa identificativa correspondiente en un lugar visible de la parte trasera del vehículo durante el primer año posterior a la obtención de su primer permiso de conducción, independientemente de quién sea el titular del mismo. Es fundamental no confundir este periodo con el de la tasa de alcoholemia reducida (0,3 gramos por litro en sangre o 0,15 miligramos por litro en aire espirado), cuya observancia es obligatoria durante los dos primeros años de vigencia de dicho permiso inicial.
# 3114
Si un conductor circula con una motocicleta que no es de su propiedad tras haber obtenido su primer permiso de conducción, ¿tiene la obligación de exhibir la placa de conductor novel?
A
No, esta obligación afecta únicamente a los conductores titulares del vehículo.
B
Sí, colocada en un sitio visible de la parte posterior de la motocicleta.
C
Sí, colocada en la parte anterior de la motocicleta.
Explicación
Con el permiso A1, cuya edad mínima de obtención son los 16 años, se permite conducir motocicletas (con o sin sidecar) que tengan una cilindrada máxima de 125 cm³, una potencia de hasta 11 kW y una relación potencia/peso no superior a 0,1 kW/kg. Además, autoriza a circular con triciclos de motor de hasta 15 kW de potencia, ciclomotores de dos y tres ruedas, ciclos de motor, cuadriciclos ligeros y vehículos para personas de movilidad reducida.
# 3099
¿Se permite la conducción de motocicletas dotadas de sidecar a los titulares del permiso de la clase A1?
A
No.
B
Sí.
Explicación
Tener el permiso de conducción A1 permite el transporte de un pasajero siempre que la ficha técnica del vehículo así lo autorice. Este permiso, obtenible a partir de los 16 años, habilita para conducir: - Motocicletas (con o sin sidecar) con una cilindrada máxima de 125 cm³, una potencia que no exceda los 11 kW y una relación potencia/peso máxima de 0,1 kW/kg. - Triciclos de motor cuya potencia máxima sea de 15 kW. - Ciclomotores de dos y tres ruedas, así como ciclos de motor. - Cuadriciclos ligeros y vehículos para personas de movilidad reducida.
# 3133
Si usted circula con un ciclomotor, ¿le está permitido llevar a un pasajero en dicho vehículo?
A
Sí, pero únicamente cuando así conste en las características técnicas del ciclomotor.
B
No, en ningún caso está permitido llevar un pasajero en un ciclomotor.
C
Sí, pero sólo si el ciclomotor tiene tres ruedas.
Explicación
La conducción de triciclos de motor cuya potencia exceda los 15 kW requiere que el titular del permiso A tenga al menos 21 años de edad. Para la obtención de dicho permiso A, la normativa exige poseer previamente el permiso A2 con una antigüedad mínima de dos años; por tanto, si ya se es titular de la autorización A, se entiende que el requisito de experiencia previa con el permiso A2 ha sido cumplido.
# 3147
Si usted es titular del permiso de la clase A y tiene 20 años de edad, ¿le está permitido conducir un vehículo de motor de tres ruedas cuya potencia sea de 20 kW?
A
No, ya que no poseo los dos años de antigüedad requeridos.
B
Sí.
C
No.
Explicación
Por su propia fabricación, un ciclomotor tiene limitada su velocidad máxima a 45 km/h, de modo que no le está permitido exceder dicho límite tanto en vías urbanas como fuera de poblado.
# 3151
¿Cuál es la velocidad máxima que no debe rebasar un conductor que circula con un ciclomotor por vías urbanas, aun siendo titular de un permiso de la clase A o A1?
A
45 km/h.
B
40 km/h.
C
50 km/h, si somos titulares de un permiso de la clase A1 ó A.