Los permisos de conducción A1, A2 y A habilitan para circular con motocicletas, ya dispongan o no de sidecar. En el caso específico del permiso A1, este permite manejar motocicletas con una cilindrada de hasta 125 cm³, una potencia que no exceda los 11 kW y cuya relación potencia/peso sea de un máximo de 0,1 kW/kg.
# 3144
¿Está autorizado el titular de un permiso de la clase A1 para conducir una motocicleta de cilindrada no superior a 125 cm³ que incorpore un sidecar?
A
Sí.
B
No.
Explicación
Por su propia fabricación, un ciclomotor tiene limitada su velocidad máxima a 45 km/h, de modo que no le está permitido exceder dicho límite tanto en vías urbanas como fuera de poblado.
# 3151
¿Cuál es la velocidad máxima que no debe rebasar un conductor que circula con un ciclomotor por vías urbanas, aun siendo titular de un permiso de la clase A o A1?
A
45 km/h.
B
40 km/h.
C
50 km/h, si somos titulares de un permiso de la clase A1 ó A.
Explicación
Permiso A1 (16 años): Autoriza la conducción de motocicletas, con o sin sidecar, que posean una cilindrada de hasta 125 cm³, una potencia máxima de 11 kW y una relación potencia/peso que no supere los 0,1 kW/kg. También faculta para manejar triciclos de motor cuya potencia no sea mayor a 15 kW, ciclomotores de 2 y 3 ruedas, ciclos de motor, cuatriciclos ligeros y vehículos para personas de movilidad reducida. Permiso A2 (18 años): Habilita para circular con motocicletas (incluido el sidecar) con una potencia máxima de 35 kW y una relación potencia/peso de hasta 0,2 kW/kg, siempre que no sean derivados de un vehículo que originalmente tuviera más del doble de su potencia. Su obtención permite automáticamente la conducción de los vehículos autorizados por la licencia LCM y los permisos AM y A1. Permiso A (20 años): Permite la conducción de motocicletas de cualquier cilindrada (con sidecar incluido) y triciclos de motor. En el caso de triciclos de motor que superen los 15 kW de potencia, la edad mínima para su manejo será de 21 años. Este permiso integra las autorizaciones de la licencia LCM y los permisos AM, A1 y A2. Para su obtención, es requisito indispensable ser titular del permiso A2 con al menos 2 años de antigüedad y superar una formación específica (teórica y práctica) según los términos dictados por el Ministerio del Interior.
# 3142
¿Qué requisito de potencia máxima se exige para que un triciclo de motor pueda ser conducido por el titular de un permiso de la clase A1?
A
con potencia de 15 kW.
B
con potencia que no exceda de 15 kW.
C
con potencia de más de 15 kW.
Explicación
Es factible la obtención de un permiso de la clase A1 o A2 por parte de personas con alguna deficiencia física, siempre que utilicen un vehículo convenientemente adaptado a su situación. Este documento tendrá la consideración de permiso extraordinario.
# 3123
¿Qué alternativa tiene un aspirante que presente una discapacidad física que le impida obtener un permiso de conducción de tipo ordinario?
A
No podrá obtener ningún tipo de permiso para conducir motocicletas.
B
Podrá obtener un permiso extraordinario supliendo sus deficiencias con adaptaciones.
Explicación
Con el permiso A1, cuya edad mínima de obtención son los 16 años, se permite conducir motocicletas (con o sin sidecar) que tengan una cilindrada máxima de 125 cm³, una potencia de hasta 11 kW y una relación potencia/peso no superior a 0,1 kW/kg. Además, autoriza a circular con triciclos de motor de hasta 15 kW de potencia, ciclomotores de dos y tres ruedas, ciclos de motor, cuadriciclos ligeros y vehículos para personas de movilidad reducida.
# 3099
¿Se permite la conducción de motocicletas dotadas de sidecar a los titulares del permiso de la clase A1?
A
No.
B
Sí.
Explicación
Permiso A1 (16 años): - Motocicletas, con o sin sidecar, que posean una cilindrada máxima de 125 cm³, una potencia que no supere los 11 kW y una relación potencia/peso de hasta 0,1 kW/kg. - Triciclos de motor cuya potencia máxima sea de hasta 15 kW. - Ciclomotores de dos y tres ruedas, además de ciclos de motor. - Cuatriciclos ligeros y vehículos destinados a personas de movilidad reducida. Permiso A2 (18 años): - Motocicletas, con o sin sidecar, con una potencia máxima de 35 kW y una relación potencia/peso de 0,2 kW/kg como máximo, siempre que no deriven de un vehículo con más del doble de su potencia original. - Vehículos cuya conducción esté autorizada por la licencia LCM y los permisos de las clases AM y A1. Cabe destacar que, tanto con el permiso A2 como con el A1, se autoriza la conducción de triciclos de motor, siempre que su potencia máxima no exceda los 15 kW.
# 3101
¿Está autorizado el titular de un permiso de conducción de la clase A2 a circular con un triciclo de motor?
A
Sí.
B
No.
C
Sí, hasta 15 kW.
Explicación
El permiso de la clase A1, que se puede obtener a partir de los 16 años de edad, autoriza la conducción de motocicletas, con o sin sidecar, que tengan una cilindrada máxima de 125 cm³, una potencia no superior a 11 kW y una relación potencia/peso máxima de 0,1 kW/kg. Además, este permiso habilita para conducir triciclos de motor cuya potencia máxima no sobrepase los 15 kW, así como ciclomotores de dos y tres ruedas, ciclos de motor, cuadriciclos ligeros y vehículos para personas de movilidad reducida.
# 3168
¿Habilita el permiso de conducción de la clase A1 a su titular para circular con un ciclomotor?
A
No.
B
Sí.
Explicación
Siempre que un agente de la autoridad lo requiera, es obligatorio exhibir el permiso de conducción y el resto de la documentación necesaria del vehículo.
# 3111
¿Es obligatorio para el conductor exhibir su permiso de conducción a los agentes de la autoridad?
A
Sí.
B
No.
C
Sí, cuando lo soliciten.
Explicación
Para obtener el permiso A2 no se exige poseer previamente otros permisos ni acreditar experiencia previa con las motocicletas que autoriza. Por el contrario, para acceder al permiso A es obligatorio haber sido titular del permiso A2 durante un periodo mínimo de 2 años. Permiso A1 (16 años): - Motocicletas (con o sin sidecar) con una cilindrada máxima de 125 cm³, potencia de hasta 11 kW y una relación potencia/peso que no exceda los 0,1 kW/kg. - Triciclos de motor cuya potencia máxima sea de 15 kW. - Ciclomotores de dos y tres ruedas, así como ciclos de motor. - Cuatriciclos ligeros y vehículos para personas de movilidad reducida. Permiso A2 (18 años): - Motocicletas (con o sin sidecar) con una potencia máxima de 35 kW, una relación potencia/peso de hasta 0,2 kW/kg y que no sean derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia original. - Habilita para conducir los vehículos autorizados por la licencia LCM y los permisos AM y A1. Permiso A (20 años): - Motocicletas (con o sin sidecar) y triciclos de motor de cualquier potencia. No obstante, para conducir triciclos de motor cuya potencia exceda de 15 kW, el conductor deberá tener al menos 21 años. - Autoriza la conducción de los vehículos incluidos en la licencia LCM y los permisos AM, A1 y A2. - Requisitos de obtención: contar con el permiso A2 con al menos 2 años de antigüedad y completar una formación específica (curso teórico y práctico) en los términos dictados por la normativa vigente del Ministerio del Interior.
# 3154
¿Resulta posible circular con motocicletas de una potencia de hasta 35 kW si se acaba de obtener el permiso de conducción de la clase A2?
A
Sí.
B
No.
Explicación
La conducción de un ciclomotor está autorizada para los titulares de los permisos de las clases AM, A1, A2, A y B.
# 3138
¿Qué clases de permiso de conducción autorizan a su titular para circular con un ciclomotor?
A
Sólo con el permiso de la clase A.
B
Sólo con el permiso de la clase A1.
C
Con los permisos A1, A2 y A, entre otros.
Explicación
Con el permiso A1 está permitida la conducción de triciclos de motor cuya potencia máxima no exceda los 15 kW. Respecto al permiso A, si bien puede obtenerse a los 20 años, es requisito indispensable haber cumplido los 21 años para poder circular con triciclos que superen dicha potencia de 15 kW.
# 3182
Para poder circular al mando de un triciclo de motor cuya potencia máxima sea superior a 15 kw, ¿qué permiso de conducción se debe poseer?
A
El permiso de la clase A1.
B
El permiso de la clase A, a partir de los 20 años.
C
El permiso de la clase A, a partir de los 21 años.
Explicación
Permiso A1 (edad mínima 16 años): Habilita para conducir motocicletas, con o sin sidecar, que posean una cilindrada de hasta 125 cm³, una potencia máxima de 11 kW y una relación potencia/peso que no exceda los 0,1 kW/kg. También autoriza a manejar triciclos de motor cuya potencia no supere los 15 kW, así como ciclomotores de dos y tres ruedas, ciclos de motor, cuadriciclos ligeros y vehículos para personas de movilidad reducida. Permiso A2 (edad mínima 18 años): Autoriza la conducción de motocicletas (incluido el sidecar) con una potencia máxima de 35 kW y una relación potencia/peso de hasta 0,2 kW/kg, siempre que no deriven de un vehículo que originalmente tuviera más del doble de su potencia. Este permiso convalida automáticamente la licencia LCM y los permisos de las clases AM y A1. Permiso A (edad mínima 20 años): Faculta para conducir cualquier tipo de motocicletas y triciclos de motor. No obstante, para manejar triciclos de motor que superen los 15 kW de potencia, es obligatorio haber cumplido los 21 años. Este permiso incluye las autorizaciones de la licencia LCM y de los permisos AM, A1 y A2. Para su obtención, se exige ser titular del permiso A2 con una antigüedad mínima de 2 años y realizar con éxito una formación específica (teórica y práctica) bajo los términos dictados por la Orden del Ministro del Interior.
# 3166
Si un conductor es titular del permiso de la clase A, ¿está autorizado para circular con vehículos de tres ruedas?
A
Sí.
B
No, debemos poseer el permiso de la clase B.
C
Sí, y también de cualquier potencia con el permiso de la clase A1 .
Explicación
En el permiso de circulación consta, entre otros, la matrícula del vehículo, fecha de matriculación, número de plazas, marca y modelo así como el nombre y domicilio del titular.
# 3172
¿Qué deberá figurar en el permiso de circulación de nuestra motocicleta?
A
Las características de la misma y la matrícula.
B
Los datos del titular y la matrícula.
C
Los datos del titular, la matrícula y las características de la misma.
Explicación
Tras una inspección técnica, los posibles resultados se clasifican de la siguiente manera: - Favorable: El vehículo se considera apto para circular. En caso de que se detecten defectos leves, el titular debe repararlos, aunque no tiene la obligación de regresar a la estación para una nueva comprobación. - Desfavorable: Se dictamina cuando los fallos encontrados perjudican gravemente la seguridad vial. En este supuesto, la estación retiene la tarjeta I.T.V. y entrega un resguardo válido exclusivamente para trasladar el vehículo al taller y volver a la inspección dentro del plazo otorgado. - Negativa: El vehículo queda totalmente inhabilitado para desplazarse por las vías públicas. El traslado desde la estación hasta el taller o lugar de destino debe realizarse obligatoriamente empleando una grúa u otros medios ajenos al propio vehículo. En los casos no favorables, el propietario dispone de un periodo máximo de dos meses para corregir las deficiencias detectadas.
# 3181
En el caso de que una motocicleta obtenga un resultado desfavorable al realizar la inspección técnica periódica, el titular...
A
debe presentar la motocicleta a nueva inspección en cualquier estación ITV en un plazo no superior a dos meses.
B
debe trasladar la motocicleta al taller por medios ajenos al propio vehículo.
C
puede presentar la motocicleta a nueva inspección en otra estación ITV en el plazo de 15 días.
Explicación
Para circular con una motocicleta, resulta obligatorio disponer de la siguiente documentación: el permiso de conducción, el permiso de circulación y la tarjeta de inspección técnica. Los agentes de la autoridad verificarán la vigencia del seguro obligatorio mediante el Fichero Informativo de Vehículos Asegurados. Si no fuera posible realizar dicha consulta telemática, el conductor deberá exhibir el justificante o recibo que acredite el pago. En el supuesto de no aportarlo en ese momento, no se impondrá una sanción, aunque las autoridades podrán proceder a la inmovilización del vehículo.
# 3140
Al circular con una motocicleta, ¿existe la obligación de portar la tarjeta de inspección técnica del vehículo?
A
No es necesario.
B
Sí.
Explicación
La póliza de seguro obligatorio asume, hasta los límites económicos establecidos legalmente, la responsabilidad civil del conductor por los daños personales y materiales derivados de hechos de la circulación. Esta cobertura incluye las lesiones corporales (salvo que se deban a la negligencia del perjudicado o a una fuerza mayor extraña a la conducción) y los desperfectos en los bienes del sujeto que no sea culpable del accidente. No obstante, el seguro obligatorio no cubre los siguientes daños: - Los sufridos personalmente por el conductor del vehículo asegurado. - Los daños materiales en el propio vehículo asegurado ni en los objetos transportados en su interior. - Los bienes de los que sean propietarios el tomador, el asegurado, el dueño o el conductor, así como los de sus cónyuges o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad. - Los daños, tanto personales como materiales, ocasionados a terceros si el vehículo asegurado hubiera sido robado o si el conductor estuviera bajo la influencia del alcohol u otras sustancias estupefacientes. Para simplificar la tramitación de los daños derivados del siniestro, las aseguradoras facilitan el parte amistoso. Se trata de un documento donde los implicados detallan las circunstancias del suceso, los daños detectados en los vehículos y la información de contacto de las partes. Parte amistoso
# 3135
¿Quedan amparados por la cobertura del seguro de suscripción obligatoria de una motocicleta los daños que sufran los objetos o bienes transportados en el propio vehículo?
A
Sí.
B
No.
Explicación
Periodicidad de la inspección técnica (ITV) en motocicletas: - Hasta cumplir los 4 años de antigüedad: EXENTAS. - Una vez superados los 4 años: BIENAL (cada 2 años). Para determinar la antigüedad de la motocicleta, se toma como referencia la fecha de la primera matriculación que figura en el permiso de circulación. Documentación relacionada: - Permiso de circulación - Tarjeta de inspección técnica
# 3167
¿Cuál es la frecuencia obligatoria para someter a una motocicleta a la inspección técnica periódica una vez transcurridos cinco años desde su fecha de matriculación?
A
Cada año.
B
Cada dos años.
C
Cada seis meses.
Explicación
Calendario de revisiones de la Inspección Técnica (ITV) para motocicletas: - Hasta los 4 años de antigüedad: Exentas de inspección. - A partir de los 4 años: Obligatoriedad bienal (cada 2 años). Para determinar la antigüedad del vehículo, se toma como referencia la fecha de la primera matriculación que figura en el permiso de circulación, siendo este el documento necesario para conocer cuándo realizar la revisión inicial. Para las inspecciones posteriores, la fecha límite se puede verificar en la tarjeta ITV o en el distintivo correspondiente.
# 3141
Para determinar la fecha exacta en la que un vehículo debe someterse a su inspección técnica inicial, ¿qué documento es necesario consultar?
A
La tarjeta ITV.
B
El permiso de conducción.
C
El permiso de circulación.
Explicación
El permiso de la clase A1, que se puede obtener a partir de los 16 años, habilita para conducir motocicletas (con o sin sidecar) con una cilindrada máxima de 125 cm³, una potencia máxima de 11 kW y una relación potencia/peso de hasta 0,1 kW/kg. También autoriza el manejo de triciclos de motor que no excedan los 15 kW de potencia máxima, así como ciclomotores de dos y tres ruedas, ciclos de motor, cuatriciclos ligeros y vehículos para personas de movilidad reducida. Debido a que la potencia descrita supera los límites legales permitidos para esta categoría, no está permitido conducir dicho vehículo con el carné A1.
# 3160
¿Habilita el permiso de conducción de la clase A1 para circular con una motocicleta de 125 cm³ de cilindrada si esta alcanza una potencia de 12 kW?
A
Sí.
B
No.
Explicación
La fotocopia del permiso de conducción, siempre que esté debidamente cotejada (compulsada), posee la misma validez legal que el documento original. Dicho cotejo puede realizarse en las Jefaturas de Tráfico o ante un notario.
# 3113
¿Es posible circular con una motocicleta portando una fotocopia del permiso de conducción?
A
No.
B
Sí.
C
Sí, si está debidamente cotejada.
Explicación
Quien conduzca un vehículo está obligado a portar su permiso o licencia de conducir en estado válido y vigente, debiendo mostrar dicho documento a los agentes de la autoridad en caso de que lo soliciten.
# 3103
¿Resulta obligatorio que el conductor de una motocicleta lleve consigo el permiso de conducción mientras circula por la vía pública?
A
No.
B
Sí.
C
No, es un documento que se exige a los conductores de turismos pero no a los de motocicletas.
Explicación
El permiso A1 (edad mínima 16 años) autoriza a conducir motocicletas, con o sin sidecar, que tengan una cilindrada máxima de 125 cm³, una potencia que no exceda los 11 kW y una relación potencia/peso de hasta 0,1 kW/kg. También permite el manejo de triciclos de motor cuya potencia no supere los 15 kW, ciclomotores de dos y tres ruedas, ciclos de motor, cuatriciclos ligeros y vehículos para personas de movilidad reducida. Respecto al permiso A2 (edad mínima 18 años), este habilita para la conducción de motocicletas, con o sin sidecar, con una potencia máxima de 35 kW y una relación potencia/peso de hasta 0,2 kW/kg, siempre que no procedan de un vehículo que originalmente tuviera más del doble de esa potencia. La obtención de este permiso implica también la autorización para conducir los vehículos que permiten la licencia LCM y los permisos de las clases AM y A1.
# 3131
¿Está autorizado un conductor que posee el permiso de la clase A1 con dos años de antigüedad para circular con una motocicleta cuya potencia sea superior a 25 kW?
A
Sí.
B
No.
C
Sí, siempre que la motocicleta no tenga una relación potencia/peso superior de 0,1 kW/kg.
Explicación
Los resultados en la inspección pueden ser: - Favorable : el vehículo es apto para circular. Si presenta defectos leves se deberán de reparar sin necesidad de presentarse a una nueva inspección. - Desfavorable: cuando la inspección acuse defectos en el vehículo que afecten gravemente a sus condiciones de seguridad, el Organismo inspector retendrá la tarjeta I.T.V. y facilitará a su titular un resguardo de ella, valedero únicamente para el plazo señalado para subsanar los defectos, y para el itinerario previsto en el desplazamiento del vehículo hasta el taller donde deba ser reparado y su vuelta a nueva inspección. - Negativa: el vehículo queda inhabilitado para circular. El traslado del vehículo de la estación hasta su destino se realizará por medios ajenos al propio vehículo (grúa). En el caso de una inspección desfavorable o negativa, el titular del vehículo tiene un plazo inferior a dos meses para reparar las anomalías.
# 3184
Si al realizar la inspección técnica periódica de su motocicleta, la inspección se califica como "negativa"...
A
deberá causar baja definitiva.
B
el traslado de la motocicleta al taller, se realizará con medios ajenos al vehículo.
C
podrá continuar circulando, exclusivamente para su traslado al taller.
Explicación
La licencia de conducción de la clase A autoriza a circular con vehículos de tres ruedas, siempre que su masa en vacío no sea superior a los 550 kg.
# 3173
¿Está permitido conducir un vehículo de tres ruedas cuya masa en vacío sea de 600 kg y su potencia alcance los 14 kW si se es titular del permiso de la clase A?
A
No, porque supera la masa en vacío máxima permitida para poderlo conducir con el permiso de la clase A.
B
Sí.
C
Sí, siempre que posea una experiencia de dos años en la conducción de motocicletas de características superiores a las que autoriza a conducir el permiso de la clase A1.
Explicación
La obtención del permiso A2 no requiere poseer previamente otra licencia. Sin embargo, para acceder al permiso A es obligatorio ser titular del permiso A2 con una antigüedad mínima de dos años. Permiso A1 (16 años): - Motocicletas (con o sin sidecar) con una cilindrada máxima de 125 cm³, potencia de hasta 11 kW y una relación potencia/peso de máximo 0,1 kW/kg. - Triciclos de motor cuya potencia no sobrepase los 15 kW. - Ciclomotores de dos y tres ruedas, ciclos de motor, cuatriciclos ligeros y vehículos para personas de movilidad reducida. Permiso A2 (18 años): - Motocicletas (con o sin sidecar) con una potencia máxima de 35 kW y una relación potencia/peso de hasta 0,2 kW/kg, siempre que no deriven de un vehículo con más del doble de su potencia original. - Habilita para conducir los vehículos autorizados por la licencia LCM y los permisos AM y A1. Permiso A (20 años): - Motocicletas (con o sin sidecar) y triciclos de motor. Para conducir triciclos de motor que superen los 15 kW de potencia, es necesario haber cumplido los 21 años. - Autoriza la conducción de los vehículos contemplados en la licencia LCM y los permisos AM, A1 y A2. - Para obtenerlo, el conductor debe tener dos años de experiencia con el permiso A2 y superar una formación específica teórica y práctica en los términos que establezca el Ministerio del Interior.
# 3152
Si usted posee el permiso A1 con más de dos años de antigüedad y hoy obtiene el permiso de la clase A2, ¿está autorizado para conducir una motocicleta de 35 kilovatios de potencia?
A
Sí, siempre que la relación potencia/peso no sea superior a 0,2 kilovatios/kilogramo.
B
No.
C
Sí, pero necesito llevar la placa L.
Explicación
Con el permiso de la clase A únicamente se permite la conducción de cuatriciclos ligeros, siendo necesario el permiso de la clase B para circular con cuatriciclos pesados. Respecto a los triciclos de motor, su conducción está permitida, aunque si su potencia es superior a los 15 kW, el conductor deberá haber cumplido los 21 años de edad para poder manejarlos.
# 3158
¿Habilita el permiso de conducción de la clase A para circular por la vía pública con un cuatriciclo pesado?
A
Sí, con una potencia máxima de hasta 15 kW hasta que el conductor tenga 21 años.
B
No.
C
Sí.
Explicación
La obtención del permiso de conducción de la clase A1 conlleva de forma automática la concesión de la autorización para conducir los vehículos que integran el permiso AM. Permiso AM (edad mínima 15 años): - Ciclomotores de dos o tres ruedas. - Cuadriciclos ligeros. - Ciclos de motor. Su validez puede verse limitada únicamente a la conducción de cuadriciclos ligeros y ciclomotores de tres ruedas. Permiso A1 (edad mínima 16 años): - Motocicletas (incluyendo sidecar) con una cilindrada máxima de 125 cm³, potencia de hasta 11 kW y una relación potencia/peso que no supere los 0,1 kW/kg. - Triciclos de motor cuya potencia máxima no sea superior a 15 kW. - Ciclomotores de dos y tres ruedas, además de ciclos de motor. - Cuadriciclos ligeros y vehículos para personas de movilidad reducida.
# 3175
¿Pierde su vigencia el permiso de la clase AM en el momento en que el conductor obtiene el permiso de conducción de la clase A1?
A
Sí.
B
No.
Explicación
Requisitos de edad mínima para la obtención de permisos: - Permiso A1: 16 años. - Permiso A2: 18 años. - Permiso A: 20 años, siendo necesario acreditar una antigüedad de 2 años con el permiso A2.
# 3163
¿Cuál es la edad mínima requerida para que una persona pueda obtener el permiso de conducción de la clase A1?
A
A partir de los 18 años.
B
A partir de los 16 años.
C
A partir de los 14 años.
Explicación
Tras superar los tres años de antigüedad con el permiso de la clase B, se habilita al titular para la conducción de motocicletas propias del permiso de la clase A1, siempre que se circule únicamente por el territorio nacional.
# 3143
¿Está autorizada la conducción de una motocicleta que no supere los 125 cm³ de cilindrada si el conductor posee únicamente el permiso de la clase B?
A
No, pero sí un ciclomotor.
B
Sí, siempre que tenga una antigüedad de tres años.
C
Sí.
Explicación
Periodicidad de la inspección técnica (ITV) en motocicletas: - Hasta cumplir los 4 años de antigüedad: EXENTAS. - Tras superar los 4 años: BIENAL (cada 2 años). La antigüedad de una motocicleta se computa partiendo de la fecha de la primera matriculación que figura en su permiso de circulación. Permiso de circulación Tarjeta de inspección técnica
# 3109
Tras haber superado con éxito la primera Inspección Técnica de Vehículos de su motocicleta, ¿cada cuánto tiempo deberá realizarse la siguiente revisión periódica?