Actualmente, no se impone ninguna restricción de velocidad especial a los conductores noveles, quienes pueden alcanzar las velocidades máximas genéricas establecidas para cada vía, como los 120 km/h en autopista, al igual que el resto de usuarios. No obstante, durante el primer año tras obtener el permiso, el conductor tiene la obligación de señalizar su condición mediante una placa rectangular con la letra L blanca sobre fondo verde. Esta señal debe instalarse en un lugar visible de la zona posterior izquierda del vehículo. Como excepción, en motocicletas, vehículos de tres ruedas y vehículos para personas de movilidad reducida, es suficiente con que el distintivo sea visible en cualquier punto de la parte trasera. Respecto al consumo de alcohol, la tasa de alcoholemia reducida (0,3 gramos por litro en sangre o 0,15 miligramos por litro en aire espirado) es de obligado cumplimiento durante los dos primeros años de vigencia del permiso de conducción. Conductor novel (primer año).
# 2891
En el caso de un conductor que acaba de obtener el permiso de conducción de la clase A2 y no cuenta con licencias previas, ¿cuál es el límite máximo de velocidad permitido al transitar por una autopista?
A
A 120 km/h.
B
A 100 km/h, si es que pretendo realizar un adelantamiento.
C
A 80 km/h.
Explicación
En las carreteras convencionales, el límite de velocidad máximo es de 90 km/h. A raíz de la actualización del Texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, efectiva desde el 21 de marzo de 2022, se ha suprimido el margen que autorizaba a exceder en 20 km/h la velocidad máxima en estas vías. Así, tras lo dispuesto en el BOE del 20 de diciembre de 2021, ya no se permite sobrepasar los límites de velocidad establecidos por el motivo anteriormente citado.
# 2901
¿Está permitido realizar un adelantamiento a una motocicleta que ya circula al límite de velocidad máxima establecida para una carretera con varios carriles en el mismo sentido de la marcha?
A
Sí, siempre que no necesite desplazarme de carril.
B
Sí, pero únicamente si no rebaso los 110 km/h.
C
No.
Explicación
El límite de velocidad establecido para motocicletas en autopistas y autovías es de 120 km/h, salvo que el recorrido se sitúe en suelo urbano, en cuyo caso la velocidad máxima será de 80 km/h.
# 2895
Si conduce una motocicleta por una autopista que discurre dentro de poblado, ¿cuál es el límite de velocidad máxima que le está permitido alcanzar?
A
A 100Km/h.
B
A 80Km/h.
C
A 120Km/h.
Explicación
El límite de velocidad máximo en las carreteras convencionales se fija en 90 km/h. A raíz de la entrada en vigor del Texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial el 21 de marzo de 2022, se ha suprimido el margen que permitía exceder en 20 km/h la velocidad permitida en dichas vías. Por lo tanto, atendiendo a lo dispuesto en el BOE del 20 de diciembre de 2021, desde esa fecha no está permitido sobrepasar el límite de velocidad genérico bajo ningún concepto.
# 2885
Al realizar un adelantamiento en una carretera convencional, ¿qué velocidad máxima tiene permitido alcanzar el conductor de una motocicleta?
A
90 km/h.
B
100 km/h.
C
110 km/h.
Explicación
Límites máximos de velocidad permitidos para las motocicletas: - Autopistas y autovías: 120 km/h. - Carreteras convencionales: 90 km/h. - Vías sin pavimentar: 30 km/h. - En vías urbanas, la velocidad máxima se determina según la tipología de la vía: a) 20 km/h en aquellas vías que cuenten con una plataforma única de calzada y acera. b) 30 km/h en vías que dispongan de un solo carril por sentido de circulación. c) 50 km/h en vías que tengan dos o más carriles por cada sentido de marcha. A efectos de este conteo, no se computarán los carriles destinados al uso exclusivo de transporte público o reservados para ciertos usuarios. Dichos límites genéricos pueden ser aumentados o disminuidos por la Autoridad Municipal, siempre que se establezca la señalización específica necesaria. En las travesías, el límite general se establece en 50 km/h para todos los vehículos, con la excepción de los transportes de mercancías peligrosas, que deberán circular a un máximo de 40 km/h. Esta velocidad podrá ser reducida por convenio entre la Autoridad Municipal y el titular de la vía, requiriendo en todo caso la señalización pertinente.
# 2897
Al conducir una motocicleta por una vía sin pavimentar, ¿cuál es el límite de velocidad máxima permitido?
A
30 km/h.
B
50 km/h.
C
80 km/h.
Explicación
En zona urbana, las velocidades máximas genéricas se determinan en función de la configuración de la vía: a) 20 km/h en aquellas vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera. b) 30 km/h en calles que cuenten con un solo carril por sentido de circulación. c) 50 km/h en vías con dos o más carriles por cada sentido (siendo de 40 km/h para vehículos que transporten mercancías peligrosas). A estos efectos, no se computarán los carriles reservados exclusivamente para el transporte público o para determinados usuarios. La Autoridad Municipal tiene la potestad de rebajar o incrementar estos límites si instala la señalización específica necesaria. (Como ocurre en el ejemplo visual, donde se aumenta a 50 km/h la velocidad en una vía que, de no estar señalizada, tendría un límite de 30 km/h). En las travesías, la norma fija un límite general de 50 km/h para todos los vehículos, a excepción de los que transportan mercancías peligrosas, cuya velocidad máxima será de 40 km/h. Estos límites pueden ser reducidos mediante señalización si así lo acuerdan el titular de la vía y el Ayuntamiento.
# 2899
Observando la imagen, ¿qué límite de velocidad máxima no se debe rebasar al circular por esta vía de sentido único y un solo carril?
A
A 30 km/h.
B
A 50 km/h.
C
A 20 km/h.
Explicación
Dentro de las carreteras convencionales, tanto los turismos como las motocicletas tienen prohibido rebasar el límite de velocidad máxima fijado para la vía.
# 2896
En una calzada que dispone de dos carriles para el mismo sentido de la marcha, ¿está permitido efectuar el adelantamiento de un turismo que ya circula a una velocidad de 90 km/h?
A
No.
B
Sí, siempre que al adelantar no rebase la velocidad de 110 km/h.
C
Sí, pero únicamente si no invado la parte izquierda de la calzada.
Explicación
Las velocidades máximas genéricas en vías urbanas se determinan según la configuración de la calzada: a) En vías que cuenten con una plataforma única de calzada y acera, el límite es de 20 km/h. b) En aquellas vías que dispongan de un solo carril por sentido de circulación, la velocidad máxima es de 30 km/h. c) En vías con dos o más carriles por sentido, el límite es de 50 km/h (siendo de 40 km/h para vehículos que transporten mercancías peligrosas). Para realizar este cómputo, no se tendrán en cuenta los carriles reservados exclusivamente al transporte público o a determinados usuarios. La Autoridad Municipal tiene la potestad de incrementar o reducir estos límites mediante la correspondiente señalización específica. En cuanto a las travesías, se establece con carácter general un límite de 50 km/h para todos los vehículos, a excepción de los que transporten mercancías peligrosas, cuyo límite es de 40 km/h. Esta velocidad podrá ser reducida por acuerdo entre la Autoridad Municipal y el titular de la vía, siempre que exista una señalización específica que así lo indique.
# 2912
¿En qué tipo de vía el conductor de una motocicleta tiene prohibido superar el límite de velocidad de 20 km/h?
A
Vías urbanas con dos carriles por sentido.
B
Travesías.
C
Vías urbanas con plataforma única de calzada y acera.
Explicación
Desde el 21 de marzo de 2022, tras la entrada en vigor del Texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, se ha suprimido la excepción que permitía a turismos y motocicletas rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en carreteras convencionales para realizar adelantamientos. Por tanto, desde dicha fecha, no está permitido superar la velocidad máxima establecida en estas vías bajo ninguna circunstancia durante la maniobra de adelantamiento.
# 2890
¿Cuál es el límite máximo de velocidad que no debe superar una motocicleta al realizar una maniobra de adelantamiento en esta calzada?
A
A 110 km/h.
B
A 90 km/h.
C
A 120 km/h.
Explicación
Las velocidades máximas genéricas en zonas urbanas se establecen según las características de la vía: a) 20 km/h en calles que cuenten con plataforma única de calzada y acera. b) 30 km/h en aquellas vías que dispongan de un solo carril por sentido de circulación. c) 50 km/h en vías con dos o más carriles por sentido de marcha (limitado a 40 km/h para el transporte de mercancías peligrosas). Para realizar este cómputo, no se tendrán en cuenta los carriles reservados para el transporte público o para usuarios específicos. La Autoridad Municipal tiene la potestad de incrementar o disminuir estos límites siempre que instale la señalización correspondiente. En el caso de las travesías, el límite general es de 50 km/h para todos los vehículos, a excepción de los que trasladen mercancías peligrosas, cuya velocidad máxima será de 40 km/h. Esta velocidad podrá reducirse previo acuerdo entre el titular de la carretera y el Ayuntamiento, siempre que se establezca mediante señalización específica.
# 2889
En una vía urbana que cuente con dos carriles de circulación para el mismo sentido de la marcha, ¿cuál es el límite genérico de velocidad máxima permitido?
A
50 km/h, pudiendo rebasar esta velocidad en 20 km/h para efectuar un adelantamiento.